Litigio contra Funerarias

Cuando una funeraria maltrata el cuerpo de un ser querido

A una funeraria, un crematorio o un servicio de traslado se le confió el cuerpo de su ser querido y no lo trató como exige la ley de Florida. Tal vez lo dejó sin refrigerar, lo dañó, lo dejó caer, lo dejó descubierto, lo preparó sin permiso o le tomaron fotos. Esta página da el panorama general. Las páginas de abajo explican cada situación más a fondo.

Lo que la ley de Florida le exige a una funeraria

Florida regula a las funerarias, embalsamadores, crematorios y servicios de recogida bajo el Capítulo 497 de los Estatutos de la Florida. Los restos humanos que se guardan o se trasladan deben estar completamente cubiertos y ser tratados en todo momento con dignidad y respeto (§ 497.386(4), Fla. Stat.). Un cuerpo que se mantenga más de 24 horas después de la muerte, o mientras espera su disposición final, debe estar refrigerado a 40 grados Fahrenheit o menos, o embalsamado o preservado de otra forma aprobada (§ 497.386(2)). El cuerpo debe llevar una etiqueta de identificación desde que se retira del lugar de la muerte (§ 497.171(1)(d)).

La ley también castiga la negligencia, la incompetencia o la mala conducta en la práctica (§ 497.152(1)(b)), tomar posesión de un cuerpo sin permiso y embalsamar sin permiso (§ 497.152(8)(c)–(d)).

Cuando se violan esas reglas, la familia no se queda solo con una queja ante el estado. La ley de Florida permite que cualquier persona presente una demanda civil contra el licenciatario que viole el Capítulo 497 (§ 497.169(1)).

Quién puede demandar

El derecho normalmente le corresponde a la persona que tenía el derecho legal de tomar las decisiones del funeral. Florida establece un orden: primero las instrucciones escritas del fallecido; luego la persona nombrada en el formulario militar 93 si murió en servicio; el cónyuge; un hijo o hija mayor de edad; el padre o la madre; un hermano o hermana mayor de edad; un nieto mayor de edad; un abuelo; y después los parientes más cercanos (§ 497.005(43)).

Lo que hay que probar

  1. Qué le pasó al cuerpo. El acto o la falla concreta, con fechas.
  2. Quién era responsable. La funeraria, una compañía de recogida, un crematorio, la morgue de un hospital, o más de uno.
  3. Qué regla o norma se violó. El Capítulo 497 y las reglas del estado marcan gran parte de la norma. Una regla violada es prueba fuerte de que el cuidado falló.
  4. Qué le hizo a su familia. El daño emocional de su familia importa. La Corte Suprema de la Florida está considerando ahora cuándo la ley de Florida permite compensar el daño emocional sin lesión física, y le explicaremos cómo está la ley en su situación.

El plazo

Dos años. La ley de Florida da dos años para una demanda por negligencia (§ 95.11(5)(a), Fla. Stat.). Algunos reclamos podrían tener un plazo más largo, pero ninguna familia debe apostar a eso. Nosotros tratamos dos años desde el día de los hechos como el plazo en todos los casos, y usted debe hacer lo mismo. Si se acaba de enterar, llame de todos modos: cuándo empezó a correr el plazo lo analizamos caso por caso.

¿Queja ante el estado o demanda?

La División de Servicios Funerarios, de Cementerios y al Consumidor, del Departamento de Servicios Financieros de la Florida, investiga las quejas por escrito. Puede sancionar a un licenciatario, con multas, suspensión o revocación de la licencia y restitución (§ 497.153(5)). No le paga a su familia por lo que ha vivido. La demanda es la vía para que la familia reciba compensación, y los remedios del Capítulo 497 se suman a sus derechos civiles comunes (§ 497.169(3)). El licenciatario puede recibir una copia de la queja, así que hable con un abogado antes de presentarla. Vea Qué hacer ahora.

Preguntas de las familias

¿Puedo demandar a una funeraria en Florida?

Sí. La ley funeraria de Florida permite que cualquier persona presente una demanda civil contra una funeraria, un crematorio u otro licenciatario que viole el Capítulo 497, además de sus derechos civiles comunes. Que su caso sea fuerte depende de lo que pasó, de lo que sabía el personal y de las pruebas que queden.

¿Cuánto tiempo tengo?

Dos años desde el día de los hechos es el plazo que usamos en todo caso funerario. Si se acaba de enterar, llame de todos modos.

¿Quién en la familia puede presentar el caso?

Normalmente la persona a quien la ley de Florida le dio el derecho de decidir sobre el funeral: primero lo que dejó escrito el fallecido, luego el cónyuge, después los hijos mayores de edad, los padres, y así sucesivamente. Cuando varios parientes tienen el mismo rango, decidimos juntos, desde el principio, quién presenta el caso.

¿Y si la funeraria me ofrece un reembolso?

Lea el papel antes de cobrar nada. Un cheque de reembolso puede venir con un descargo que termina todos los reclamos de su familia. Pida a un abogado que revise cualquier oferta y guarde copia de todo lo que le envíen.

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Dennis Gonzalez Law, P.A. · Super Lawyers · Calificación Avvo 10.0

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