Los arrestos por DUI son noticia en Florida todas las semanas. Detrás de cada titular hay una persona que acaba de descubrir que un solo arresto puede iniciar dos casos distintos. Uno de ellos tiene un plazo de 10 días.
Toda persona arrestada se presume inocente, y un cargo de DUI tiene que probarse. Este artículo explica el proceso, no el caso de ninguna persona.
Dos casos, no uno
Después de un arresto por DUI en Florida, usted puede enfrentar:
- Un caso criminal en la corte del condado, decidido por un juez o un jurado.
- Un caso administrativo de licencia ante el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados de la Florida (DHSMV), que corre por su propio camino.
Usted puede ganar uno y perder el otro. Tienen reglas distintas y plazos distintos.
El cargo criminal
La ley de Florida convierte en delito manejar, o tener control físico real de un vehículo, cuando:
- está afectado por alcohol o una sustancia controlada al punto de que sus facultades normales están deterioradas; o
- tiene un nivel de alcohol en la sangre de 0.08 o más, o un nivel de alcohol en el aliento de 0.08 o más.
(§ 316.193(1), Fla. Stat.)
Para una primera condena, la ley fija una multa de $500 a $1,000 y prisión de no más de 6 meses. Una segunda condena trae una multa mayor, un máximo más largo y un dispositivo obligatorio de bloqueo de encendido por alcohol (ignition interlock). Una tercera dentro de 10 años es un delito grave. (§ 316.193(2)(a)-(b), Fla. Stat.) Las penas son mayores si el nivel de alcohol en la sangre o en el aliento era de 0.15 o más, o si había un menor en el vehículo. (§ 316.193(4), Fla. Stat.)
Un arresto no es una condena. El Estado tiene que probar su caso.
El reloj de la licencia
Cuando un conductor tiene un resultado de aliento o sangre de 0.08 o más, o se niega a hacerse una prueba de aliento, sangre u orina, el oficial retiene la licencia y entrega un aviso de suspensión. Si el conductor por lo demás tiene derecho a manejar, el oficial también entrega un permiso temporal de 10 días. Si le sacaron sangre, la suspensión puede llegar después, cuando estén los resultados. (§ 322.2615(1)(a), (3), Fla. Stat.)
El aviso indica el período de suspensión:
- 6 meses para una primera ofensa con 0.08 o más.
- 1 año para una primera negativa a hacerse una prueba legal.
(§ 322.2615(1)(b)1., Fla. Stat.) Los períodos son más largos si la licencia ya fue suspendida antes.
Este es el plazo que importa. El conductor puede pedir una revisión formal o informal de la suspensión dentro de los 10 días siguientes a la fecha del aviso. El permiso temporal vence a la medianoche del décimo día. (§ 322.2615(1)(b)3.-4., Fla. Stat.)
Si pasa esa ventana de 10 días, usted puede perder la oportunidad de impugnar la suspensión. No cuente con que el caso criminal lo arregle. Una suspensión por negarse a la prueba se mantiene, termine como termine el caso criminal. Una suspensión por un resultado de 0.08 solo se anula si a usted lo declaran no culpable en el juicio. (§ 322.2615(14)(b), (16), Fla. Stat.) Pregunte a un abogado cómo se aplica a usted.
Qué hacer en los primeros días
- Busque los papeles. El aviso de suspensión muestra la fecha. Cuente desde esa fecha.
- No espere a la corte. El caso de la licencia es aparte de su primera cita en la corte.
- Escriba lo que recuerda mientras está fresco: dónde estaba, qué comió o bebió, qué dijo el oficial y qué pruebas le pidieron.
- Evite hablar del caso en redes sociales o con cualquiera que no sea su abogado.
- Llame de inmediato a un abogado de defensa por DUI. Pruebas como los videos y los registros de las pruebas se pueden perder con el tiempo.
Preguntas que revisa un abogado defensor
Cada caso es distinto. Un abogado revisa preguntas como por qué el oficial detuvo el carro, cómo se hicieron las pruebas de coordinación en la carretera y cómo se hizo y se registró la prueba de aliento o de sangre.
Hable con nosotros
Nuestro abogado es exfiscal de Miami-Dade. Haga la cuenta de sus 10 días con nuestro contador de plazo, lea la regla de 10 días y la audiencia de licencia o vea nuestra página de defensa por DUI. Si un familiar sigue detenido, use la búsqueda de reclusos de la Florida. Llame al (305) 209-0384. Contestamos las 24 horas, y la llamada es confidencial.
Este artículo es información general, no asesoría legal. Cada caso depende de sus hechos. Los resultados pasados no garantizan un resultado similar.