Litigio contra Funerarias
Cuando el ataúd, la bóveda o la lápida no es lo que su familia pagó
El ataúd, la bóveda y la lápida suelen estar entre las compras más grandes que hace una familia después de una muerte. A veces el ataúd no es el modelo escogido, la lápida nunca llega o la inscripción está mal.
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Lo que dice la ley de Florida
Lápidas y monumentos. Un establecimiento de monumentos es un negocio, separado de un cementerio o una funeraria, que vende monumentos para colocar en un cementerio (§ 497.005(49), Fla. Stat.).
- Toda venta debe hacerse en un formulario de acuerdo de venta aprobado por el estado. El formulario debe describir por completo el monumento o marcador e indicar con claridad la fecha acordada de entrega e instalación (§ 497.553(2)).
- Si el monumento no se entrega e instala en la fecha acordada, el cliente tiene derecho a que le devuelvan todo lo que pagó por el monumento, la entrega y la instalación, a menos que haya aceptado por escrito extender la fecha. El reembolso se debe hacer dentro de los 30 días después de que el negocio reciba la petición escrita del cliente (§ 497.553(5)).
- Los establecimientos de monumentos deben tener procedimientos escritos para atender las quejas de los clientes y deben guardar registro de las quejas escritas (§ 497.553(3)–(4)).
Ataúdes y bóvedas. El Capítulo 497 enumera conductas por las que se puede sancionar a un licenciatario, entre ellas:
- afirmar falsamente que un ataúd con o sin empaque, o un cierre sellado en una bóveda, puede impedir o retrasar de forma sustancial la descomposición natural (§ 497.152(10)(f));
- afirmaciones falsas sobre si la ley exige un ataúd o una bóveda (§ 497.152(10)(h));
- no marcar con claridad el precio de cada ataúd a la venta, y no exhibir el ataúd de adulto más económico de la misma forma general que los demás (§ 497.152(12)(f), (11)(f)).
Lo que la ley puede ofrecer
Florida permite que cualquier persona presente una demanda civil contra la persona o compañía que viole el Capítulo 497, por los daños reales, daños punitivos según lo permita el derecho común y otras medidas (§ 497.169(1)). El acuerdo de venta o el contrato funerario también puede sostener un reclamo, y un producto defectuoso puede dar lugar a otros reclamos. Florida tiene una regla especial de honorarios de abogado para ciertos casos contra establecimientos de monumentos, cementerios y vendedores de planes prepagados (§ 497.169(2)). Le explicamos cómo podría afectar a su familia antes de presentar nada.
Qué guardar y qué pedir
- El acuerdo de venta o el contrato, con el modelo, la descripción y la fecha de entrega acordada.
- Facturas, recibos y cualquier garantía.
- La prueba aprobada de la inscripción, si la hubo.
- Fotos de la tumba, el marcador o el ataúd.
- Todos los mensajes con la funeraria, el cementerio o la compañía de lápidas.
- Su petición escrita de reembolso, con prueba de la fecha en que la recibieron.
El plazo
Dos años. La ley de Florida da dos años para una demanda por negligencia (§ 95.11(5)(a)). Algunos reclamos podrían tener un plazo más largo, pero ninguna familia debe apostar a eso. Nosotros tratamos dos años desde el día de los hechos como el plazo en todos los casos, y usted debe hacer lo mismo. Si se acaba de enterar, llame de todos modos: cuándo empezó a correr el plazo lo analizamos caso por caso.
Qué hacer primero
Busque el acuerdo de venta y revise la fecha de entrega acordada. Haga su queja o su petición de reembolso por escrito y guarde prueba de cuándo la recibieron. Hable con un abogado antes de firmar un acuerdo nuevo o una extensión. Vea Qué hacer ahora.
Preguntas de las familias
Nunca instalaron la lápida. ¿Qué podemos hacer?
Revise la fecha acordada en su acuerdo de venta. Si esa fecha pasó y usted no aceptó por escrito extenderla, la ley de Florida le da derecho a que le devuelvan todo lo que pagó por el monumento, la entrega y la instalación, dentro de los 30 días después de que el negocio reciba su petición escrita.
La inscripción está mal. ¿Quién la corrige?
Empiece por la prueba aprobada y el acuerdo de venta, que debe describir el monumento por completo. Envíe una queja por escrito al negocio; Florida exige que los establecimientos de monumentos tengan procedimientos para atenderla.
Nos dijeron que un ataúd sellado evitaría la descomposición. ¿Es cierto?
Florida considera motivo de sanción afirmar falsamente que un ataúd con empaque o un cierre sellado de bóveda puede impedir o retrasar de forma sustancial la descomposición natural. Si se lo dijeron, anote quién y cuándo.
¿Pueden el cementerio y la compañía de lápidas echarse la culpa uno al otro?
Muchas veces lo intentan. Revisamos cada contrato y quién era responsable de cada paso, desde el pedido hasta la instalación.
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Dennis Gonzalez Law, P.A. · Super Lawyers · Calificación Avvo 10.0
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