Litigio contra Funerarias
Cuando no cumplen un plan funerario prepagado
Muchas personas pagan su funeral o su entierro años antes para que su familia no tenga que hacerlo. Cuando llega el momento, a la familia le pueden decir que el plan no cubre lo prometido, que hay que pagar más, que no encuentran el registro de los pagos o que el negocio tiene un dueño nuevo. Otras personas piden cancelar y esperan un reembolso que nunca llega.
Florida llama a estos acuerdos contratos de necesidad previa (preneed) y los regula de cerca.
Llame al (305) 209-0384 Lea primero las preguntas ↓
Lea primero las preguntas
Lo que dice la ley de Florida
- Dinero en fideicomiso. Quien recibe dinero por un contrato prepagado debe depositar en un fideicomiso una parte fijada por la ley (§ 497.458(1), Fla. Stat.). Algunos contratos prepagados se financian con un seguro (§ 497.456(2)).
- Cancelar dentro de 30 días. El comprador puede cancelar por escrito dentro de los 30 días después de firmar y recibir un reembolso completo, excepto por lo que ya se haya usado (§ 497.459(1)).
- Cancelar después. Pasados los 30 días, el comprador puede cancelar por escrito en cualquier momento la parte de servicios, instalaciones y adelantos en efectivo, con reembolso completo del precio de esos artículos. La mercancía tiene sus propias reglas (§ 497.459(2)). Algunos contratos que se hicieron irrevocables por razones de beneficios públicos no se pueden cancelar (§ 497.459(6)(a)).
- Reembolso por incumplimiento. Si el vendedor incumple el contrato o no entrega la mercancía o los servicios funerarios, el comprador tiene derecho a que le devuelvan todo lo pagado, dentro de los 30 días después de que el vendedor reciba la petición por escrito (§ 497.459(4)).
- Términos claros. El contrato debe detallar los cargos y mostrar en la página de firma el precio de compra, la cantidad que va al fideicomiso, el reembolso en caso de cancelación y el derecho a cancelar en 30 días (§ 497.468(5), (7)).
- Cumplir el contrato. No cumplir a tiempo los contratos sin una justificación razonable, no atender las cancelaciones ni hacer los reembolsos debidos, y tergiversar los términos de un contrato prepagado son motivos de disciplina (§ 497.152(10)(d), (13)(a), (b)).
Lo que la ley puede ofrecer
Florida permite que cualquier persona presente una demanda civil contra una persona o empresa que viole el Capítulo 497, por los daños reales, daños punitivos según lo permita el derecho común y otras medidas (§ 497.169(1)). Una familia también puede tener reclamos por incumplimiento del contrato. Si una familia gana un caso civil por una violación del Capítulo 497 de una entidad o un agente de ventas de planes prepagados con licencia, el tribunal puede ordenar que el vendedor le pague a la familia los honorarios razonables de abogado y las costas (§ 497.169(2)). Las reglas de honorarios pueden afectar a ambas partes en una demanda; se las explicamos antes de presentar cualquier cosa.
Qué guardar y qué pedir
- El contrato prepagado y todas las páginas firmadas.
- Prueba de cada pago: cheques, estados de cuenta, recibos.
- Cualquier estado del fideicomiso, del seguro o anual.
- Cada aviso de venta, traspaso o dueño nuevo.
- Cualquier contrato nuevo que le pidieron a la familia firmar al momento de la muerte.
- Su petición escrita de cancelación o reembolso, y prueba de la fecha en que la recibieron.
El plazo
Dos años. La ley de Florida da dos años para una demanda por negligencia (§ 95.11(5)(a)). Algunos reclamos podrían tener un plazo más largo, pero ninguna familia debe apostar a eso. Nosotros tratamos dos años desde el día de los hechos como el plazo en todos los casos, y usted debe hacer lo mismo. Si se acaba de enterar, llame de todos modos: cuándo empezó a correr el plazo lo analizamos caso por caso.
Qué hacer primero
Busque el contrato original y los registros de pago antes de firmar algo nuevo. Haga cualquier petición de cancelación o reembolso por escrito y guarde prueba de la entrega. Vea Qué hacer ahora. Si el negocio cerró, vea Funerarias cerradas o abandonadas.
Preguntas de las familias
¿Podemos cancelar un contrato prepagado?
Por lo general, sí. Dentro de los 30 días después de firmar, Florida permite un reembolso completo de lo que no se haya usado. Después, la parte de servicios, instalaciones y adelantos en efectivo se puede cancelar en cualquier momento con reembolso de esos artículos, y la mercancía sigue reglas aparte. Los reembolsos se deben dentro de los 30 días después de recibido el aviso por escrito.
La funeraria cambió de dueño. ¿El contrato sigue valiendo?
Florida exige que el fideicomiso del plan prepagado se mantenga intacto, y mantiene la supervisión del estado, aun después de que el licenciatario queda inactivo. Quién debe cumplir el contrato después de una venta depende de los documentos, así que revisamos quién es responsable ahora.
Dicen que el plan no lo cubre todo. ¿Qué debo revisar?
Compare el contrato original detallado con lo que le están cobrando ahora. Florida prohíbe tergiversar los términos de un contrato prepagado y cobrar cargos que no se informaron.
¿Cuánto tiempo tengo?
Dos años desde el día de los hechos es el plazo que usamos en todos los casos. Una petición de reembolso tiene su propio plazo de 30 días, así que mándela por escrito ahora.
Hable con Dennis
Cuando esté listo, llame o mande un mensaje por WhatsApp, en español o en inglés. La oficina contesta las 24 horas.
Llame al (305) 209-0384 WhatsApp
Puede ver algunos de nuestros casos anteriores en la página de Resultados.
Dennis Gonzalez Law, P.A. · Super Lawyers · Calificación Avvo 10.0
Relacionado
- Funerarias cerradas o abandonadasCuando una funeraria cierra con los restos o el plan prepagado de su ser querido.
- Cobros excesivos y cargos ocultosCuando la cuenta de la funeraria incluye cargos que nunca le informaron.
- ¿Tengo un caso?Seis preguntas que un abogado hace primero y lo que la ley de Florida puede ofrecer.
- Qué hacer ahoraNueve pasos para proteger a su familia y las pruebas, desde hoy.