Lesiones Personales · Responsabilidad por Productos
Defensas: "Fue Tu Culpa," "Lo Usaste Mal" y "Alguien Lo Cambió"
Cuando demandan a una empresa por un producto defectuoso, casi nunca dice "tienes razón." Busca a quién más culpar. Muchas veces ese alguien es la persona lastimada.
Conocer las defensas comunes te ayuda a evitar errores desde temprano.
Culpa comparativa (comparative fault)
La defensa dice que la persona lastimada también fue descuidada. Las instrucciones de Florida sobre productos lo ponen así:
"whether (claimant or person for whose injury or death claim is made) was [himself] [herself] negligent in (describe alleged negligence) and, if so, whether that negligence was a contributing legal cause of the injury or damage to (claimant)." Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.18(a).
En palabras sencillas: el jurado decide si la persona lastimada también fue negligente en lo que se alega y, si lo fue, si esa negligencia contribuyó como causa legal a la lesión o el daño.
Las notas del comité agregan un límite a esta defensa en los casos de responsabilidad estricta:
"Comparative negligence is a defense to strict liability claims if based on grounds other than the failure of the user to discover the defect or to guard against the possibility of its existence." Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.18, Note on Use 1.
En palabras sencillas: la culpa comparativa es una defensa a los reclamos de responsabilidad estricta, salvo cuando se basa en que el usuario no descubrió el defecto o no se protegió de la posibilidad de que existiera. Un usuario no tiene la culpa solo porque no vio un defecto escondido.
La regla del 50 por ciento
En los casos que cubre la ley de 2023, una persona a la que se le encuentra más del 50 por ciento de culpa generalmente no recupera nada. Section 768.81(6), Florida Statutes: "any party found to be greater than 50 percent at fault for his or her own harm may not recover any damages." La definición de acción por negligencia de Florida incluye los reclamos basados en "strict liability, products liability, ... or breach of warranty." Section 768.81(1)(c), Florida Statutes. Si tienes 50 por ciento de culpa o menos, tu indemnización se reduce por tu parte.
Mira nuestra página sobre culpa comparativa.
Mal uso
La defensa dice que usaste el producto de una forma para la que no se hizo. Las instrucciones trazan la línea con cuidado. El defecto de diseño pregunta si el producto funcionó como esperaría un consumidor común "when used as intended or when used in a manner reasonably foreseeable by the manufacturer." Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.7(b).
En palabras sencillas: cuando se usa como se debe, o de una forma que el fabricante podía prever razonablemente.
Así que una empresa no siempre puede llamar "mal uso" a un uso. Si el uso era razonablemente previsible, el producto todavía puede ser defectuoso. Ejemplos: un niño mordiendo un juguete, una persona parada en una silla, una llanta usada a velocidad de autopista.
Alteración o modificación
La defensa dice que alguien cambió el producto después de que salió de la fábrica. Esto se conecta con una parte de la definición que ya vimos. Un producto defectuoso tiene que llegarle al usuario "without substantial change affecting that condition" (sin un cambio sustancial que afecte esa condición). Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.7.
Si el producto se reparó, se reconstruyó o se modificó, la empresa dirá que el cambio causó el problema. Esta es otra razón para no arreglar ni limpiar el producto después de una lesión. Mira conservar el producto y las pruebas.
Culpar a alguien que no está en el caso
La defensa puede señalar a una persona o negocio que no es parte del caso. La instrucción 403.18(b) pregunta:
"whether (identify additional person(s) or entit(y)(ies)) [was] [were] also [negligent] [at fault] [responsible] in (describe alleged negligence, fault, or responsibility); and, if so, whether that [negligence] [fault] [responsibility] was a contributing legal cause of [loss] [injury] [or] [damage] to (claimant, decedent, or person for whose injury claim is made)." Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.18(b).
En palabras sencillas: el jurado decide si otra persona o entidad también fue negligente o responsable en lo que se alega y, si lo fue, si eso contribuyó como causa legal a la pérdida, lesión o daño.
Las notas del comité dicen que el reparto está ligado a la sección 768.81 de los Estatutos de Florida (Note on Use 3). Generalmente la defensa tiene que alegar y probar esto.
Peligro obvio
La defensa dice que el peligro se veía a simple vista. Las notas dicen que la llamada "patent danger doctrine" (doctrina del peligro patente) es "not an independent defense" (no es una defensa independiente) y, en la medida en que aplique, "it is subsumed in the defense of comparative negligence" (queda incluida en la defensa de negligencia comparativa). Fla. Std. Jury Instr. (Civ.) 403.18, Note on Use 2.
Estado del arte y reglas del gobierno
La defensa puede decir que el producto era tan seguro como lo permitía el conocimiento de la época, o que cumplía con las normas del gobierno. Mira defectos de diseño. Cumplir con una regla del gobierno puede ser prueba en el caso, pero por sí solo no termina el caso. La sección 768.1256 de los Estatutos de Florida establece una presunción.
Intermediario experto
Para productos que llegan por un médico u otro profesional, la defensa puede decir que le advirtió a ese profesional. Mira falta de advertencia.
Lo que tienes que mostrar
- El producto era defectuoso o la empresa fue negligente.
- El supuesto mal uso no fue la causa real, o era razonablemente previsible.
- El producto no se cambió de una forma que causara el daño.
- Cualquier parte de la culpa que le pongan a ti o a otra persona es pequeña o no tiene apoyo.
Qué hacer ahora
- Guarda el producto en la condición en que estaba cuando te lastimaste.
- Guarda el manual y las advertencias.
- No hables de cómo pasó con la empresa ni con su aseguradora.
- Escribe cómo usaste el producto, paso a paso.
- Consigue los nombres de los testigos.
Habla con Nosotros
Consulta gratis. Contestamos las 24 horas. (305) 209-0384.
Esta página es información general, no es asesoría legal. Cada caso es distinto.
Hable con Dennis
Llame o envíe un mensaje por WhatsApp. En español o en inglés.