DUI

Defensa de BUI (Manejar un Bote Bajo la Influencia) en Miami

Un día en el sandbar, en Haulover o en los Cayos puede terminar con luces azules y esposas. La Florida trata el BUI casi igual que un DUI en carro: el mismo límite de alcohol, cárcel, multas y récord criminal. Pero la ley de botes tiene sus propias reglas sobre las paradas, las pruebas y las negativas, y esas reglas cuentan en su defensa.

Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Contestamos las 24 horas.

Lo Que el Estado Tiene que Probar

Según la ley de BUI de la Florida (s. 327.35), una persona comete BUI si está operando una embarcación en la Florida y:

  • está bajo los efectos del alcohol, de ciertas sustancias químicas o de una sustancia controlada al punto de tener sus facultades normales afectadas; o
  • tiene un nivel de alcohol en la sangre de 0.08 o más; o
  • tiene un nivel de alcohol en el aliento de 0.08 o más.

"Operar" es más que llevar el timón. La ley de botes lo define como estar a cargo, al mando o en control físico real de la embarcación, o tener la responsabilidad de su navegación o seguridad mientras está en marcha. Quién de verdad estaba a cargo del bote muchas veces es una pregunta seria en estos casos.

Penas por BUI en la Florida

Para una condena de BUI, la ley dispone:

MultaCárcel
Primera condena$500 a $1,000hasta 6 meses
Segunda condena$1,000 a $2,000hasta 9 meses
Tercera condena, dentro de 10 años de una anteriordelito grave de tercer grado
Tercera condena, más de 10 años después de una anterior$2,000 a $5,000hasta 12 meses
Cuarta condena o másdelito grave de tercer grado, multa de al menos $2,000

Las penas suben si el nivel de alcohol en la sangre o el aliento era de 0.15 o más, o si había un menor de 18 años a bordo: $1,000 a $2,000 y hasta 9 meses la primera vez; $2,000 a $4,000 y hasta 12 meses la segunda; al menos $4,000 la tercera o siguientes.

La ley además exige, en toda condena de BUI:

  • Probatoria con reporte mensual y un curso sobre abuso de sustancias, con evaluación y tratamiento si el curso lo refiere.
  • En la primera condena: probatoria de hasta 1 año, al menos 50 horas de servicio comunitario, y 10 días de incautación o inmovilización del bote, o de un vehículo a su nombre. La probatoria más la cárcel no puede pasar de 1 año.
  • En una segunda condena dentro de 5 años: al menos 10 días de cárcel y 30 días de incautación o inmovilización.
  • En una tercera condena dentro de 10 años: al menos 30 días de cárcel y 90 días de incautación o inmovilización.
  • Una multa adicional de $60, y otra multa de $500 bajo la ley de educación obligatoria para quien sea condenado por un delito bajo el capítulo de seguridad de embarcaciones.

Esas son las penas generales que fija la ley. No es lo que le toca a todo el mundo.

Su récord manejando cuenta. La Florida cuenta una condena anterior de DUI como si fuera un BUI anterior, y un BUI anterior como un DUI anterior. Un caso de bote hoy puede subir las consecuencias de un caso de carro mañana, y al revés.

BUI con Daños, Lesiones o Muerte

  • BUI que causa o contribuye a causar daños a la propiedad o a la persona de otro: delito menor de primer grado.
  • BUI que causa o contribuye a causar lesiones corporales graves a otra persona: delito grave de tercer grado.
  • Homicidio por BUI (BUI manslaughter) (una muerte; desde el 1 de julio de 2025, la ley incluye expresamente la muerte de un bebé por nacer): delito grave de segundo grado. Pasa a ser delito grave de primer grado si el operador sabía o debió saber del accidente y no dio información ni prestó ayuda, o, desde el 1 de octubre de 2025, si la persona tiene una condena anterior por homicidio por BUI o DUI, homicidio vehicular u homicidio con embarcación.
  • Desde el 1 de julio de 2025, una condena por homicidio por BUI trae una pena mínima obligatoria de 4 años de prisión.
  • Estos cambios del 2025 aplican a choques ocurridos en esas fechas o después. La Constitución de la Florida prohíbe las leyes ex post facto, así que a un choque anterior se le aplica la ley anterior.

Cuando un choque de bote causa una muerte o lesiones graves y el agente tiene causa probable de que el operador estaba bajo los efectos, la ley obliga al operador a dar una muestra de sangre, y el agente puede usar fuerza razonable para obtenerla. Esa prueba no tiene que ser después de un arresto. Estos casos exigen investigar rápido y temprano.

Pruebas de Aliento, Orina y Sangre (Consentimiento Implícito)

Al operar una embarcación en la Florida, se considera que usted aceptó hacerse una prueba aprobada de aliento (para alcohol) o de orina (para sustancias químicas o controladas) si lo arrestan legalmente por BUI. Se puede pedir una prueba de sangre si hay causa razonable para creer que usted operaba el bote bajo los efectos, usted se presenta para tratamiento en un hospital, clínica u otro centro médico (incluyendo una ambulancia), y la prueba de aliento u orina no es práctica o no es posible.

La prueba de aliento tiene que hacerse sustancialmente según los métodos aprobados por el Departamento de Policía de la Florida (FDLE), que regula las máquinas, los operadores y los analistas de sangre. Cuando la prueba no se hace como se debe, el resultado se puede atacar.

Si Se Negó a la Prueba en el Bote

Negarse a la prueba en el agua funciona distinto que en el carro:

  • Negarse después de un arresto legal por BUI trae una multa civil de $500. Usted puede pedir una audiencia ante un juez del condado dentro de 30 días. El resultado se reporta al Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados y queda en su récord de manejo.
  • Si no paga la multa ni pide la audiencia dentro de 30 días del aviso, operar cualquier embarcación en aguas de la Florida es un delito menor de primer grado.
  • Negarse a la prueba de aliento u orina, después de la advertencia, se convierte en delito menor de primer grado si a usted ya lo habían multado por negarse en un bote o ya le habían suspendido la licencia de manejar por negarse a una prueba de aliento, orina o sangre.
  • La negativa se puede usar como prueba en el caso criminal.

En nuestra página de DUI verá que negarse a la prueba de aliento u orina en un carro ahora es un delito desde la primera vez. En un bote, la primera negativa es una multa civil, salvo que usted tenga una de esas negativas anteriores en su récord. Una multa por negarse en un bote también lo puede seguir a la carretera: la advertencia que la Florida les da a los conductores dice que negarse en un carro es delito menor de primer grado si el conductor ya fue multado por negarse en un bote.

Menores de 21 Años

Para un operador menor de 21 años, un nivel de alcohol en el aliento de 0.02 o más mientras opera una embarcación es una infracción no criminal. El tribunal tiene que ordenar 50 horas de servicio comunitario, un curso de seguridad náutica pagado por usted, y que no opere ninguna embarcación hasta terminar el servicio comunitario. Negarse a la prueba de aliento después de la advertencia también es una violación. Igual le pueden presentar un cargo de BUI aparte.

¿Me Puede Parar la FWC o la Patrulla Marina Solo para Revisar?

La ley de botes la hacen cumplir los agentes de la FWC, los alguaciles del condado, la policía municipal y otros agentes del orden.

Desde el 1 de julio de 2025, la ley de la Florida dice:

  • Un agente no puede abordar ni parar una embarcación a menos que tenga causa probable para creer que se cometió o se está cometiendo una violación del capítulo de seguridad de embarcaciones.
  • Un agente no puede parar ni abordar una embarcación con el único propósito de revisar el equipo de seguridad o sanitario. Las violaciones de equipo ahora son infracciones secundarias.

Los agentes de la FWC también tienen poderes aparte bajo las leyes de pesca y vida silvestre, y la ley de botes del 2025 no los cambió. Un agente de la FWC puede abordar, inspeccionar y registrar, sin orden, un bote que lleva o guarda pescado cuando tiene razón para creer que se sacaron o se guardaron peces o productos del mar violando la ley. Un agente de la FWC que tiene causa probable para creer que el bote se usó para pescar puede abrir e inspeccionar, mientras el bote está en el agua, los lugares donde normalmente se guarda la pesca, como neveras, cajas de pescado y viveros de carnada, pero no los envases en las áreas de dormir o de estar. Las dos leyes están escritas por separado, y cómo aplican a su parada es de lo primero que revisamos. Vea nuestra página de Cargos de Pesca y Vida Silvestre.

Por qué importa: en muchos casos de BUI, la defensa empieza por la parada. Si el agente no tenía una razón legal para parar o abordar el bote, la prueba que vino después se puede atacar. Vea Mociones para Suprimir Evidencia.

Cómo Defendemos los Casos de BUI

  • La parada y el abordaje. ¿Tenía el agente causa probable de una violación náutica, o fue una revisión de equipo disfrazada?
  • Quién estaba operando. Estar en un bote, o hasta ser el dueño, no es lo mismo que operarlo.
  • El mar, no el alcohol. El sol, el viento, las olas, el salitre, la deshidratación y una cubierta que se mueve afectan el equilibrio, el habla y la vista. Los ejercicios hechos en un bote o en un muelle después de horas en el agua no son una prueba justa.
  • La prueba de aliento y de sangre. ¿La máquina estaba aprobada y mantenida, el operador tenía permiso, y la prueba se hizo bien? ¿Cómo se sacó y se manejó la sangre?
  • Las advertencias sobre la negativa. ¿Le dijeron lo que exige la ley antes de pedirle la prueba?
  • El video y los reportes. Las body cams y las cámaras de las lanchas patrulleras muchas veces cuentan otra historia.

Qué Hacer Después de un Arresto por BUI

  1. Llame a un abogado de inmediato. Los plazos de la negativa corren en días.
  2. Guarde todos los papeles que le dieron, incluyendo cualquier aviso de negativa.
  3. Apunte dónde estuvo, qué comió y tomó y a qué hora, el tiempo y el estado del mar, y quién estaba operando el bote.
  4. Consiga los nombres de todos los que estaban a bordo y cerca.
  5. No hable del caso con nadie más que su abogado, y no lo publique en redes.

Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.

  • Ex fiscal de Miami-Dade.
  • Defendiendo personas desde el 2012.
  • Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
  • Oficina bilingüe.
  • Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

Preguntas Frecuentes

¿El BUI es lo mismo que el DUI?

Son delitos distintos, con el mismo límite de 0.08 y penas parecidas. Una condena por uno cuenta como anterior para el otro. Las reglas de las pruebas y de la negativa son diferentes. Vea nuestra página de DUI.

Yo solo era pasajero. ¿Me pueden acusar?

El cargo exige que usted estuviera operando la embarcación, y la ley lo define como estar a cargo, al mando o en control físico real de ella. Quién operaba muchas veces está en disputa.

¿Me puedo ir a la casa después del arresto?

No enseguida. La ley de la Florida retiene a la persona arrestada por BUI hasta que ya no esté afectada, hasta que su nivel de alcohol en la sangre o el aliento baje de 0.05, o hasta que pasen 8 horas.

¿Me van a quitar el bote?

En una primera condena, el tribunal tiene que ordenar la incautación o inmovilización del bote, o de un vehículo a su nombre, por 10 días, y por más tiempo si se repite. Los dueños que no estaban operando pueden pedirle al tribunal que anule la orden en ciertos casos.

¿Qué tan rápido me pueden ayudar?

Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

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