Arresto y proceso judicial

Mociones para Suprimir Evidencia en Miami

La policía también tiene que cumplir la ley. Si lo pararon sin una razón legal, si registraron sin una orden válida o sin una excepción válida, o si le sacaron una declaración de forma ilegal, la defensa le puede pedir al juez que saque esa prueba del caso. Eso se llama una moción para suprimir (motion to suppress).

En muchos casos de drogas, armas y DUI, lo que encontró la policía es todo el caso. Si el juez lo suprime, puede que a la fiscalía le quede poco o nada para probar el cargo. No todo registro es ilegal, y no toda moción se gana, pero en cada arresto hay que revisar con lupa cómo se consiguió la evidencia.

Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Sabe cómo se escriben los reportes de la policía y dónde suelen estar los huecos. Contestamos las 24 horas.

Sus Derechos Contra los Registros Irrazonables

Lo protegen dos constituciones:

  • La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos protege su persona, su casa, sus papeles y sus pertenencias contra registros y detenciones irrazonables. Una orden de registro tiene que basarse en causa probable, respaldada por juramento o afirmación, y tiene que describir con precisión el lugar que se va a registrar y las personas o cosas que se van a incautar.
  • El Artículo I, Sección 12 de la Constitución de la Florida da la misma protección y además protege contra la interceptación irrazonable de comunicaciones privadas. En la Florida, la orden tiene que estar respaldada por una declaración jurada. Este derecho se interpreta igual que la Cuarta Enmienda según la Corte Suprema de los Estados Unidos, y la prueba obtenida violándolo no se admite si sería inadmisible bajo las decisiones de esa Corte sobre la Cuarta Enmienda.

En palabras sencillas: la policía necesita una razón legal para pararlo, y en la mayoría de los casos una orden o una excepción reconocida para registrarlo a usted, su casa, su carro o su teléfono.

Motivos Comunes para Suprimir Evidencia

  • La parada en sí. ¿Había una razón de verdad para pararlo o detenerlo? Si la parada fue ilegal, lo que la policía encontró después se puede suprimir.
  • El cacheo (stop and frisk). Según la Ley de Stop and Frisk de la Florida, un agente solo puede detener a alguien por un rato cuando las circunstancias indican razonablemente que la persona cometió, está cometiendo o va a cometer un delito, y solo por el tiempo razonablemente necesario. La ley solo permite el cacheo para buscar un arma, y solo cuando el agente tiene causa probable para creer que la persona tiene un arma peligrosa y es una amenaza para la seguridad de alguien. La propia ley dice que la prueba de un registro bajo esa ley no se admite si el registro no cumplió con sus requisitos.
  • Una detención que se alarga. Una parada que sigue y sigue después de cumplir su propósito, sin una nueva razón, puede contaminar lo que viene después.
  • Registros de carros. Registrar el carro, el maletero o los envases cerrados que hay adentro muchas veces es donde está la pelea legal.
  • Registros de la casa. La casa tiene la protección más fuerte. Entrar sin orden es la excepción, no la regla.
  • Órdenes de registro defectuosas. Se puede atacar una orden cuando la declaración jurada no demuestra causa probable, cuando no describe bien el lugar o las cosas que se iban a registrar, o cuando los agentes registraron más allá de lo que la orden permitía.
  • Un consentimiento que no fue consentimiento. La policía muchas veces dice que usted aceptó el registro. Si de verdad aceptó, y si se sentía libre de decir que no, lo decide el juez.
  • Teléfonos y datos digitales. Su teléfono tiene toda su vida. Los registros de teléfonos y otros aparatos son un campo de batalla frecuente.
  • Declaraciones obtenidas ilegalmente. Si la policía lo interrogó estando detenido sin las advertencias de derechos que exige la ley, si no respetó que usted pidió un abogado, o si lo presionó para que hablara, sus declaraciones se pueden suprimir.

Cómo Funciona una Moción para Suprimir en la Florida

El procedimiento lo fija la Regla 3.190 de Procedimiento Penal de la Florida:

  • Quién la puede presentar: el acusado que alega que el Estado consiguió la prueba con un registro o una incautación ilegal por un agente del gobierno, o que consiguió declaraciones del acusado de forma ilegal.
  • Qué tiene que decir la moción: tiene que identificar con claridad la prueba o las declaraciones específicas que se quieren suprimir, las razones para suprimirlas y los hechos en que se basa.
  • Primero, la suficiencia legal: antes de oír pruebas, el juez decide si la moción es legalmente suficiente. Si no lo es, se niega. Por eso importa redactarla bien.
  • La audiencia: el juez puede recibir pruebas, como el testimonio de los agentes, videos y récords, sobre cualquier hecho que necesite decidir.
  • El plazo: la moción tiene que presentarse antes del juicio o antes de la fecha límite que fije el juez, salvo que haya justa causa para la demora o que la fiscalía no se oponga.
  • La decisión: si se concede la moción, cualquiera de las partes puede pedirle al juez una orden por escrito con sus determinaciones de hecho y conclusiones de derecho.

Cómo Preparamos una Moción para Suprimir

  1. Conseguimos toda la versión del Estado: reportes de arresto, video de body cam y de la cámara de la patrulla, llamadas al 911, récords del despacho, órdenes y declaraciones juradas.
  2. Comparamos los papeles con el video. El reporte se escribe después. El video no.
  3. Amarramos la versión de los agentes bajo juramento antes de la audiencia, por medio de deposiciones cuando las reglas las permiten.
  4. Buscamos el problema legal, sea la parada, el tiempo de la detención, el registro, la orden o el interrogatorio.
  5. Se lo presentamos al juez con una moción que diga claramente cuál es la prueba, las razones y los hechos, y la peleamos en la audiencia.

Dónde Más Se Ven Estas Mociones

  • DUI: la razón de la parada, los ejercicios de sobriedad y cómo se manejó la prueba de aliento o de sangre. Vea Defensa de DUI.
  • Drogas: registros de carros y casas, cacheos y supuestos consentimientos. Vea Defensa en Casos de Drogas.
  • Armas y delitos violentos: cacheos, registros de carros y declaraciones después del arresto. Vea Defensa de Delitos Violentos.
  • Cualquier caso que dependa de una confesión o de algo que usted dijo.

Qué Hacer Si la Policía Quiere Registrarlo o Interrogarlo

  1. Mantenga la calma y no se resista. La pelea por el registro se da en la corte, no en la calle.
  2. Puede decir claramente que no da su consentimiento para el registro. No discuta; solo dígalo.
  3. Pida un abogado y no siga hablando. Diga que quiere un abogado antes de contestar preguntas.
  4. Apunte todo lo antes posible: la hora, el lugar, lo que dijeron los agentes y quién estaba presente.
  5. Guarde la evidencia, como sus propios videos, las cámaras del área y los nombres de testigos, antes de que desaparezcan.
  6. Llámenos. Mientras más rápido veamos los reportes y el video, más rápido encontramos el problema.

Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.

  • Ex fiscal de Miami-Dade.
  • Defendiendo personas desde el 2012.
  • Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
  • Oficina bilingüe.
  • Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

Puede ver algunos de nuestros casos anteriores en la página de Resultados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es una moción para suprimir?

Es pedirle al juez que saque del caso la prueba o las declaraciones que la policía consiguió de forma ilegal. Si la concede, por lo general el Estado no puede usar esa prueba para probar su caso en su contra.

Si suprimen la evidencia, ¿se cae mi caso?

No automáticamente. Depende de qué otra prueba le quede al Estado. Cuando lo que se suprime es el corazón del caso, puede que la fiscalía no pueda seguir adelante.

El agente dice que yo acepté el registro. ¿Ya no hay nada que hacer?

Sí hay. Si de verdad dio su consentimiento, y si fue voluntario, lo decide el juez después de oír las pruebas.

¿Se pueden suprimir mis declaraciones a la policía?

Sí, si se obtuvieron de forma ilegal, por ejemplo interrogándolo detenido sin las advertencias de derechos que exige la ley, o después de que usted pidió un abogado.

¿Cuándo hay que presentar la moción?

Antes del juicio o antes de la fecha límite que fije el juez, salvo que haya justa causa para la demora o que la fiscalía no se oponga. No espere.

¿Qué tan rápido me pueden ayudar?

Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

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