Lesiones Personales · Ley Jones y Tripulantes
¿Se lesionó trabajando en un barco? Su contrato puede ser lo más importante
Si se lesionó trabajando en el agua, puede que tenga derechos, y su contrato puede decidir cómo los puede usar. A un tripulante lesionado se le puede deber atención médica y gastos de vida, sin importar de quién fue la culpa. Lea lo que firmó. Y llame antes de firmar algo nuevo.
Se lesionó trabajando en el agua, y los cheques se pararon o la versión de la empresa cambió. Su contrato puede importar más de lo que piensa.
Consulta gratis. Llame al (305) 209-0384. Contestamos 24/7. Se habla español.
Empiece con tres cosas hoy:
- Reciba tratamiento y reporte la lesión.
- Guarde sus papeles. Conserve su contrato, sus recibos y sus registros.
- Lea antes de firmar. Eso incluye declaraciones, relevos y papeles de acuerdo.
Dejaron de pagarme. ¿Pueden hacer eso?
Quizás no. Si usted se lesiona o se enferma al servicio del barco, generalmente tiene derecho a gastos de vida, atención médica y salarios no devengados. Eso se llama manutención y cura (maintenance and cure). No depende de quién tuvo la culpa.
Puntos clave:
- Los gastos de vida y la atención duran hasta la máxima recuperación médica.
- Si las propinas eran la mayor parte de su paga, el promedio de sus propinas cuenta como parte de su salario.
- Las dudas generalmente se resuelven a su favor.
- No es para toda la vida.
- No hay una tarifa diaria fija.
- La mala conducta intencional es una defensa, pero estrecha.
Si la empresa se niega de forma intencional, pueden entrar en juego los daños punitivos y los honorarios de abogado. Eso exige conducta intencional, no solo una mala decisión.
Si los pagos se pararon, llámenos. Traiga sus registros.
Soy marinero en un yate privado. ¿Estoy cubierto?
Posiblemente. El título de su puesto no lo decide.
Para contar como tripulante (seaman), su trabajo debe ser parte del trabajo del barco. Su vínculo con una embarcación en navegación, o con embarcaciones de un mismo dueño o bajo un mismo control, debe ser sustancial en duración y en naturaleza. Sus tareas deben llevarlo al mar.
Como guía aproximada, las cortes buscan cerca del 30 por ciento de su tiempo. Es una guía, no una regla.
Algo más:
- Los barcos de dueños sin relación entre sí normalmente no se suman.
- Los trabajadores de muelle y de reparación pueden quedar fuera.
- La tripulación de yates y de pesca comercial puede calificar, según los hechos.
¿No está seguro de que cuente como tripulante? Llame y pregunte.
Me están pagando compensación. ¿Renuncié a algo?
Quizás no. Recibir beneficios, por sí solo, no termina el reclamo de un tripulante.
Usted puede caer bajo las reglas de tripulantes o bajo el sistema Longshore. No bajo los dos. Los plazos son muy diferentes.
Una decisión formal de compensación o un acuerdo es otra cosa. Pregunte primero.
¿Contra quién voy y por qué?
Hay tres reclamos principales.
- Negligencia bajo la Ley Jones contra su empleador. El estándar de causalidad es más bajo que en un caso de lesión común. Aun así debe probar negligencia que contribuyó.
- Falta de condiciones de navegabilidad (unseaworthiness). Un barco, equipo y tripulación razonablemente aptos para el trabajo. No perfectos.
- Manutención y cura. Vea arriba.
En un caso de negligencia, las pérdidas pueden incluir salarios perdidos, pérdida de ingresos futuros y dolor y sufrimiento ligados a su lesión. Su propia culpa reduce lo que recibe. No cierra el reclamo.
Por lo general puede pedir un jurado, a menos que aplique una cláusula de arbitraje válida.
La empresa que le paga no siempre es la única responsable. El dueño del barco no siempre es el empleador. Traiga sus registros de pago y su contrato.
Firmé algo cuando me contrataron. ¿Todavía puedo ir a la corte?
Quizás no. Muchos contratos de tripulación de cruceros y yates exigen arbitraje. Algunos lo mandan al extranjero, bajo ley extranjera.
Las cortes federales de aquí muchas veces hacen cumplir esas cláusulas. Los tripulantes estadounidenses en rutas extranjeras no están protegidos por su pasaporte. Los tripulantes de rutas solo nacionales que trabajan para un empleador estadounidense podrían estar en otra situación, así que no dé nada por hecho.
Algunos reclamos contra terceros pueden quedarse en la corte. Un laudo arbitral es difícil de deshacer.
Haga revisar su contrato ahora, antes de presentar o firmar cualquier otra cosa.
Si presento mi reclamo, ¿pierdo mi trabajo?
La ley federal protege a los tripulantes contra las represalias. Eso cubre reportar una lesión, reportar violaciones de seguridad o acoso sexual, y negarse a hacer un trabajo realmente peligroso. Las cortes también han protegido a quienes presentan un reclamo por lesión.
La queja federal por represalia debe presentarse dentro de 180 días. Hable con un abogado temprano.
Soy de otro país. ¿Tengo derechos aquí?
Posiblemente. Muchos de los casos importantes de tripulación involucran a tripulantes extranjeros. Primero mandan su contrato y cualquier convenio sindical.
Lesionarse en el Puerto de Miami no evita el arbitraje. El arbitraje puede ser en el extranjero, bajo la ley de la bandera, sin los remedios de la Ley Jones. Las cortes igual lo hacen cumplir.
Si no aplica ninguna cláusula, la ley de Estados Unidos puede alcanzarlo cuando la verdadera base de operaciones de la empresa está aquí, incluso en un barco extranjero. Una casa matriz en Miami, por sí sola, no basta. Una corte estatal de Florida todavía puede mandar el caso a otro lugar.
Existen penalidades por salarios no pagados, pero su contrato también puede mandarlas a arbitraje. Para usted, tres años no es un plazo seguro. Llame antes de volar a su país.
¿Qué puede hacer nuestra familia si muere un tripulante?
El reclamo lo presenta un representante personal.
La ley federal limita lo que se recupera. El duelo y la pérdida de compañía generalmente no se recuperan bajo la Ley Jones. El sustento económico puede ser parte del reclamo. También las pérdidas que el tripulante sufrió en vida, como el dolor y el sufrimiento. El ingreso que habría ganado después de morir, no.
Llámenos. Empezamos por el contrato.
¿Cuánto tiempo tengo?
Las demandas bajo la Ley Jones y por lesiones marítimas generalmente tienen tres años. Una demanda contra Estados Unidos por un barco del gobierno tiene dos años. Si su contrato exige arbitraje o ley extranjera, no cuente con tres años.
Existen plazos más cortos:
- Longshore: aviso dentro de 30 días y reclamo dentro de un año, con excepciones.
- Queja por represalia: 180 días.
- La tripulación de pesca debe avisar de la lesión al barco dentro de siete días.
No espere en ninguno de estos casos.
La empresa quiere una declaración. ¿Qué hago?
Reporte la lesión. Reciba tratamiento. Guarde sus registros, recibos y contrato. Consiga nombres de testigos. Lea antes de firmar.
Antes de dar una declaración, llámenos. Preguntar no cuesta nada.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Ley Jones?
Es una ley federal para tripulantes lesionados en el trabajo. Le permite al tripulante presentar un reclamo por negligencia contra su empleador. El estándar de causalidad es más bajo que en un caso de lesión común. Aun así debe probar negligencia que contribuyó.
¿Quién cuenta como tripulante?
El título de su puesto no lo decide. Su trabajo debe ser parte del trabajo del barco. Su vínculo con una embarcación en navegación debe ser sustancial en duración y en naturaleza, y sus tareas deben llevarlo al mar. La tripulación de yates y de pesca comercial puede calificar, según los hechos.
¿Qué es la manutención y cura?
Son los gastos de vida, la atención médica y los salarios no devengados cuando un tripulante se lesiona o se enferma al servicio del barco. No depende de la culpa. Dura hasta la máxima recuperación médica, y no es para toda la vida.
¿Puedo demandar si firmé una cláusula de arbitraje?
No dé por hecho que sí. Muchos contratos de tripulación exigen arbitraje, a veces en el extranjero, bajo ley extranjera. Las cortes federales de aquí muchas veces hacen cumplir esas cláusulas. Haga revisar su contrato ahora.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo bajo la Ley Jones?
Las demandas bajo la Ley Jones y por lesiones marítimas generalmente tienen tres años. Una demanda contra Estados Unidos por un barco del gobierno tiene dos años. Si su contrato exige arbitraje o ley extranjera, no cuente con tres años. Existen plazos más cortos para Longshore, las quejas por represalia y la tripulación de pesca.
¿Pueden despedirme por reportar una lesión?
La ley federal protege a los tripulantes contra las represalias por reportar una lesión. La queja federal por represalia debe presentarse dentro de 180 días. Hable con un abogado temprano.
¿Tienen derechos los tripulantes extranjeros en Florida?
Posiblemente. Primero mandan su contrato y cualquier convenio sindical, y el arbitraje en el extranjero muchas veces se hace cumplir. Si no aplica ninguna cláusula, la ley de Estados Unidos puede alcanzarlo en algunos casos. Llame antes de volar a su país.
¿Cuesta algo hablar con un abogado?
La consulta es gratis. Llame al (305) 209-0384. Contestamos 24/7 y hablamos español e inglés.
Háblenos
Consulta gratis. Llame al (305) 209-0384. Contestamos 24/7. Se habla español.
¿No está seguro de que cuente como tripulante? Llame y pregunte.
Páginas relacionadas: Lesiones Personales, lesiones catastróficas y servicio en la ciudad de Miami. También puede contactarnos en línea.
Esta página es información general, no es asesoría legal. Cada caso es diferente, y los resultados pasados no garantizan un resultado. Leer esta página no crea una relación abogado-cliente.
Última actualización: noviembre de 2026.
Hable con Dennis
Llame o envíe un mensaje por WhatsApp. En español o en inglés.