Defensa criminal
No Comparecer a Corte, Fuga de Fianza y Manipular el Grillete Electrónico en Miami
Faltar a corte puede convertir un caso en dos. Quien salió bajo la ley de fianzas de la Florida (Capítulo 903) y a propósito no se presenta puede enfrentar un cargo nuevo y perder la garantía que dio. Manipular un grillete electrónico ordenado por la corte es un delito grave aparte, y desde el 1 de octubre de 2025 su grado depende de lo serio que sea el caso original.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Contestamos las 24 horas.
Qué Tiene que Probar el Estado
No comparecer (Instrucción 29.18 del jurado penal de la Florida; página de Elementos): usted salió bajo la ley de fianzas de la Florida (Capítulo 903) por un cargo grave o menor, esperando sentencia, o con una revisión por certiorari pendiente; y después, a propósito, no se presentó ante la corte o el funcionario judicial como se le exigía.
Manipular un dispositivo de monitoreo electrónico (Instrucción 21.20; página de Elementos): la corte o la Comisión de Revisión de Delincuentes de la Florida le ordenó a una persona usar el dispositivo; usted intencionalmente lo quitó, destruyó, alteró, manipuló, dañó o hizo algo para burlarlo, o le pidió, autorizó o solicitó a otra persona que lo hiciera; y no tenía autorización.
Grados y Penas
No comparecer (s. 843.15):
- Si salió por un cargo grave, esperando sentencia o con revisión por certiorari pendiente: delito grave de tercer grado (hasta 5 años de prisión y $5,000 de multa).
- Si salió por un cargo menor: delito menor de primer grado (hasta 1 año de cárcel y $1,000 de multa).
- Además, se pierde la garantía que se dio para salir.
Manipular el grillete (s. 843.23, reformada desde el 1 de octubre de 2025):
- Caso original menor o grave de tercer grado: grave de tercer grado (hasta 5 años y $5,000).
- Si quien manipula el grillete es menor de 18 años: grave de tercer grado, sea cual sea el caso original.
- Caso original grave de segundo grado: grave de segundo grado (hasta 15 años y $10,000).
- Caso original grave de primer grado, de primer grado castigable hasta con cadena perpetua, delito de cadena perpetua o capital: grave de primer grado (hasta 30 años y $10,000, según las leyes generales de penas).
- Si usted está en libertad antes del juicio, la corte tiene que revocarla. Una nueva fianza exige una determinación por escrito de que hay condiciones que protegen a la comunidad, aseguran que usted se presente y protegen el proceso.
Fuga de Fianza en la Corte Federal
En la corte federal es delito no presentarse a sabiendas como se exige, o no entregarse para cumplir una sentencia, después de salir bajo la ley federal de fianzas (18 U.S.C. s. 3146; Instrucción O94 del 11.º Circuito, página de Elementos). El máximo sigue el cargo original, desde hasta 1 año (delito menor) hasta 10 años (un delito castigable con muerte, cadena perpetua o 15 años o más), y se cumple después de cualquier otra sentencia. La ley da una defensa afirmativa cuando circunstancias fuera de su control, que usted no ayudó a crear por descuido grave, le impidieron presentarse, y se presentó en cuanto terminaron.
Situaciones Comunes
- Una notificación enviada a una dirección vieja, o una hospitalización el día de la corte.
- Un grillete que perdió la señal, se quedó sin batería o que otra persona cortó.
Temas de Defensa
- ¿Fue a propósito? Confundir la fecha o no recibir la notificación no es lo mismo que decidir no ir.
- Los datos del monitor. Los récords del equipo pueden mostrar una falla, no una manipulación intencional.
- Autorización. ¿Se aprobó quitarlo, por ejemplo, por una atención médica?
Qué Hacer Primero
- No espere a que la orden de arresto lo encuentre. Vea Cómo Entregarse.
- Reúna pruebas de por qué faltó, como récords del hospital o de la cárcel.
- No toque el grillete. Si falla, repórtelo como exige su programa y guarde constancia.
- Llámenos para atender la orden y la fianza. Vea Fianzas y Audiencias Nebbia. Si está en probatoria, vea Violación de Probatoria.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
Falté a corte sin querer. ¿Me van a acusar de un delito nuevo?
El delito en la Florida exige que la falta sea a propósito. Un error honesto puede ser una defensa, pero igual pueden emitir una orden de arresto, así que actúe rápido.
¿Voy a perder el dinero de la fianza?
La ley dispone que se pierde la garantía dada para salir. Actuar rápido le da a la defensa la mejor oportunidad de atenderlo.
¿Y si el grillete simplemente dejó de funcionar?
El Estado tiene que probar un acto intencional. Los récords del equipo y sus reportes del problema importan.
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