DUI

¿Un DUI puede afectar mi estatus migratorio? Lo que debe saber antes de declararse

Un arresto no es una condena.

Esta página es información general sobre la ley. No es asesoría legal sobre su situación, y leerla no crea una relación abogado-cliente. Los resultados migratorios dependen del cargo exacto, de la declaración exacta, de la sentencia exacta y de su estatus exacto. Hable con un abogado antes de tomar cualquier decisión en su caso.

Si usted no es ciudadano de los Estados Unidos, un arresto por DUI puede traer mucho miedo. Respire. Lo más importante va primero.

La regla de oro

Obtenga consejo de inmigración antes de declararse culpable de cualquier cosa.

Eso incluye una declaración "rápida" en la primera comparecencia o en la lectura de cargos (arraignment). La forma en que termina un caso moldea el expediente, y el expediente moldea el resultado migratorio. Si usted no ha hablado con su abogado sobre las consecuencias migratorias, puede pedirle al juez tiempo para hacerlo antes de declararse.

Fuente: Fla. R. Crim. P. 3.172(c)(8)(B)-(C) (edición de The Florida Bar, 1 de oct. de 2026).

La versión corta

La ley federal de inmigración no enumera el DUI por nombre como una causa propia de deportación (removal). Si un DUI en particular encaja en una de las categorías enumeradas depende del cargo exacto de Florida, de la declaración y de la sentencia. Ciertos tipos de DUI, más de un DUI, o un DUI para alguien con DACA o con una solicitud pendiente pueden cambiar el panorama. La forma en que termina el caso también importa. Una declaración, un withhold of adjudication (suspensión de la declaración de culpabilidad) y la sentencia pueden contar.

Su audiencia de licencia ante el DHSMV (el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados de Florida) y su caso en la corte corren por separado de su caso de inmigración. Vea nuestra página de los 10 días para el lado de la licencia. Usted tiene 10 días desde la fecha en que se emitió su aviso para actuar sobre su licencia.

Fuente: 8 U.S.C. §§ 1101(a)(48)(A), 1182(a)(2)(A), 1227(a)(2); § 322.2615(1)(b)3., Fla. Stat. (2026).

¿Un DUI es un delito que lo hace "deportable"?

La ley federal enumera los tipos de delitos que pueden hacer que una persona que no es ciudadana sea deportable o inadmisible. El DUI no aparece nombrado como categoría propia en esas listas. Las dos categorías más conocidas son un "delito que implica depravación moral" (crime involving moral turpitude) y un "delito grave agravado" (aggravated felony). Si un DUI encaja en alguna de las dos depende del cargo exacto y de sus elementos.

Un DUI igual puede importar de otras maneras: visas, DACA, naturalización y una retención migratoria (immigration hold) después del arresto. Eso está más abajo.

Fuente: 8 U.S.C. § 1227(a)(2)(A); 8 U.S.C. § 1182(a)(2)(A).

¿Me protege un "withhold of adjudication"?

No necesariamente. Los jueces de Florida pueden "withhold adjudication" (suspender la declaración formal de culpabilidad). La ley federal de inmigración tiene su propia definición de "condena" (conviction). Incluye un fallo formal de culpabilidad. También cubre un caso en que se suspendió la declaración de culpabilidad, si:

  • la persona se declaró culpable o no contest (o fue encontrada culpable, o admitió suficientes hechos), y
  • el juez ordenó "some form of punishment, penalty, or restraint on the alien's liberty" (alguna forma de castigo, pena o restricción de la libertad de la persona extranjera).

Una orden de libertad condicional (probation) o una multa de un juez es el tipo de cosa que puede cumplir esta prueba. Así que un withhold que ayuda en el lado de Florida puede igual contar como una condena en el lado migratorio.

Fuente: 8 U.S.C. § 1101(a)(48)(A).

¿Puede un DUI ser un "delito que implica depravación moral"?

Un "delito que implica depravación moral" (crime involving moral turpitude, o CIMT) es una categoría federal de inmigración. La ley no enumera cuáles delitos califican. Esa pregunta se decide delito por delito, según el cargo exacto.

Bajo la ley de deportación, un CIMT hace deportable a una persona en dos situaciones principales:

  • un CIMT cometido dentro de los cinco años después de la admisión (diez años en algunos casos), por un delito que puede llevar una sentencia de un año o más; o
  • dos o más CIMT en cualquier momento después de la admisión que no surgieron de un solo plan.

Como el cargo exacto importa, el cargo por el que usted se declare puede importar tanto como lo que pasó. Pregúntele a un abogado de inmigración antes de cualquier declaración, en especial si se presenta un cargo por manejar con la licencia suspendida u otro cargo junto con el DUI.

Fuente: 8 U.S.C. § 1227(a)(2)(A)(i)-(ii); 8 U.S.C. § 1182(a)(2)(A)(i)(I).

¿Puede un DUI ser un "delito grave agravado" (aggravated felony)?

A pesar del nombre, "aggravated felony" es un término federal de inmigración con una lista fija. Uno de los puntos es un "delito de violencia" (crime of violence) por el cual la pena de prisión es de por lo menos un año.

La Corte Suprema de los Estados Unidos ha resuelto que un delito de DUI de Florida que no exige ningún estado mental en particular sobre el uso de fuerza contra otra persona no es un "delito de violencia" bajo la definición federal. Ese caso trataba de un DUI de Florida que causó una lesión corporal grave.

Fuente: 8 U.S.C. § 1101(a)(43)(F); 18 U.S.C. § 16; 8 U.S.C. § 1227(a)(2)(A)(iii).

¿Y los cargos de DUI más graves?

Florida tiene formas más graves de DUI. Estas piden una revisión migratoria cuidadosa antes de cualquier declaración:

Situación en FloridaNivel en Florida (en general)Por qué importa la revisión migratoria
DUI que causa una lesión corporal graveDelito grave (felony) de tercer grado (§ 316.193(3))Un felony que puede llevar más de un año. El análisis se tiene que hacer sobre la ley exacta.
Homicidio culposo por DUI (muerte)Felony de segundo grado, mínimo obligatorio de 4 años (§ 316.193(3))Sentencias largas. Es un felony. El análisis es crítico.
Tercer DUI dentro de 10 años, o cuarto DUI en la vidaFelony de tercer grado (§ 316.193(2)(b))Estatus de felony y condenas múltiples. Vea la sección de naturalización.
DUI con manejo con licencia suspendida o revocadaMuchas veces es un cargo aparte (§ 322.34)Dos cargos juntos pueden cambiar el análisis. Pregúntele a un abogado cómo se pueden tratar.
DUI con un menor de 18 años en el carroPenas de DUI agravadas (§ 316.193(4))Si se presenta un cargo aparte de poner en peligro o descuidar a un niño, una causa distinta de deportación cubre "a crime of child abuse, child neglect, or child abandonment" (un delito de abuso, descuido o abandono de un niño).

Fuente: § 316.193(2)(b), (3), (4); § 322.34, Fla. Stat. (2026); 8 U.S.C. § 1227(a)(2)(E)(i).

Tengo DACA. ¿Un solo DUI puede afectarlo?

Sí. Este es uno de los puntos más importantes de esta página.

Bajo el reglamento de DACA, una persona no debe haber sido condenada por un felony, por un delito menor (misdemeanor) descrito en el reglamento, ni por tres o más otros delitos menores. El reglamento enumera manejar bajo la influencia como uno de esos delitos menores. Aplica "Regardless of the sentence imposed" (sin importar la sentencia impuesta).

Así que para un beneficiario de DACA, una sola condena por DUI puede ser descalificante, aun sin tiempo de cárcel. Si usted tiene DACA, hable con un abogado de inmigración antes de declararse. El programa DACA también ha sido objeto de casos en las cortes, así que pregúntele a un abogado en qué está hoy.

Fuente: 8 C.F.R. § 236.22(b)(6).

Quiero hacerme ciudadano de los Estados Unidos. ¿Importa un DUI?

Para naturalizarse, un solicitante tiene que demostrar buen carácter moral (good moral character, o GMC) durante el período exigido (por lo general los cinco años antes de solicitar). USCIS también puede mirar la conducta anterior a ese período.

  • Un DUI: no es una de las barreras automáticas enumeradas. USCIS igual lo puede considerar cuando decide el buen carácter moral.
  • Dos o más DUI: el Manual de Políticas de USCIS dice: "Evidence of two or more DUI convictions during the statutory period establishes a rebuttable presumption that an alien lacks GMC." (La evidencia de dos o más condenas por DUI durante el período de la ley establece una presunción refutable de que la persona extranjera carece de GMC.) El solicitante puede tratar de superarla con evidencia sólida. El Manual agrega que los esfuerzos por reformarse después de las condenas "do not in and of themselves demonstrate GMC" (no demuestran por sí solos el GMC) para ese período.
  • "Borracho habitual" ("habitual drunkard"): la ley federal dice que a nadie se le puede considerar de buen carácter moral si, durante el período exigido, es o fue "a habitual drunkard". El Manual señala que varias condenas por DUI pueden ser un indicio.

Fuente: 8 U.S.C. § 1427(a)(3), (e); 8 U.S.C. § 1101(f)(1); Manual de Políticas de USCIS (USCIS Policy Manual), Vol. 12, Parte F, Cap. 5, §§ J y K.1 (leído el 10/26/2026).

Estoy en los Estados Unidos con una visa. ¿Puede afectarla un arresto por DUI?

Puede, incluso un arresto sin condena. El manual del Departamento de Estado para los oficiales consulares trata el DUI directamente.

  • Revocación de la visa. El manual permite revocar una visa con base en un arresto o una condena por DUI dentro de los cinco años anteriores. También hace del DUI una excepción a la regla de costumbre contra revocar la visa de alguien que ya está en los Estados Unidos.
  • Referido médico en una entrevista de visa. A los oficiales consulares se les dice que refieran a los solicitantes a un "panel physician" (médico del panel) para un examen médico si tienen "A single alcohol related arrest or conviction within the last five years," o "Two or more alcohol related arrests or convictions with the last ten years," u otra evidencia de un problema con el alcohol.

Lo que significa una visa revocada para su estadía actual depende de su estatus. Si usted tiene una visa, hable con un abogado antes de salir de los Estados Unidos mientras un DUI esté pendiente o después de que se resuelva.

Fuente: 9 FAM 403.11-3(A)(4), 403.11-3(B) párr. b, 403.11-5(B); 9 FAM 302.2-7(B)(3), párr. b (leído el 10/26/2026). La segunda frase citada está copiada tal como se imprime en la fuente ("with the last ten years").

¿Qué es un detainer de ICE? ¿Puede pasar después de un arresto por DUI?

Un detainer de inmigración (immigration detainer) es una solicitud del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a la cárcel. El reglamento federal dice que "serves to advise another law enforcement agency that the Department seeks custody of an alien presently in the custody of that agency, for the purpose of arresting and removing the alien." (sirve para avisar a otra agencia del orden público que el Departamento busca la custodia de una persona extranjera que está actualmente bajo la custodia de esa agencia, con el fin de arrestarla y deportarla). Bajo el reglamento, la cárcel debe retener a la persona no más de 48 horas (sin contar sábados, domingos y días feriados) para que el DHS tome la custodia.

En Florida, la ley estatal exige que una agencia del orden público que tenga a una persona sujeta a un detainer se lo diga al juez de la fianza, lo anote en el expediente del caso, notifique al fiscal estatal (state attorney) y, cuando el detainer cumpla los requisitos de la ley, lo cumpla.

Esto significa que una persona puede quedarse en la cárcel por poco tiempo aun después de pagar la fianza, si el DHS envió un detainer. Llamar temprano a un abogado ayuda.

Fuente: 8 C.F.R. § 287.7(a), (d); § 908.105(1), Fla. Stat. (2026).

¿Por qué obtener consejo antes de declararme?

Porque la declaración moldea el expediente, y el expediente moldea el resultado migratorio.

  • Su abogado de defensa. Dígale su estatus a su abogado de defensa, para que los dos puedan hablar del riesgo migratorio antes de cualquier declaración.
  • La advertencia del juez en Florida. Antes de aceptar una declaración, un juez de Florida tiene que asegurarse de que el acusado entienda que, si no es ciudadano, una declaración de culpabilidad y la aceptación de una declaración de culpable o no contest, "regardless of whether adjudication of guilt has been withheld, may have the additional consequence of changing his or her immigration status, including deportation or removal from the United States." (sin importar si se suspendió la declaración de culpabilidad, puede tener la consecuencia adicional de cambiar su estatus migratorio, incluida la deportación o expulsión de los Estados Unidos).
  • Tiempo para pensar. La regla dice que la corte "should advise the defendant to consult with counsel" (debería aconsejar al acusado que consulte con su abogado) si hace falta más información. Si usted no ha hablado con su abogado de las consecuencias de deportación, la corte tiene que, si se lo piden, permitir "a reasonable amount of time" (un tiempo razonable) para considerar la declaración. La corte "must not require at the time of entering a plea that the defendant disclose his or her legal status in the United States." (no debe exigir, al momento de hacer la declaración, que el acusado revele su estatus legal en los Estados Unidos).

La advertencia del juez es general. No sustituye el consejo sobre su propio caso.

Fuente: Fla. R. Crim. P. 3.172(c)(8)(A)-(D) (edición de The Florida Bar, 1 de oct. de 2026).

¿Qué debo hacer si no soy ciudadano de los Estados Unidos y me arrestaron por DUI?

  1. No se declare culpable de nada hasta que haya recibido consejo de inmigración. Eso incluye declaraciones rápidas en la primera comparecencia o en la lectura de cargos.
  2. Reúna sus papeles de inmigración. Copias de su tarjeta de residente (green card), visa, I-94, permiso de trabajo, aviso de aprobación de DACA, recibos de cualquier solicitud pendiente y cualquier papel de la corte de inmigración del pasado.
  3. Dígale a su abogado su estatus exacto. Lo que usted le diga a su abogado es confidencial. Un abogado no puede protegerlo de una consecuencia que no conoce.
  4. Reúna su historial anterior. Cualquier arresto o condena anterior, en cualquier estado o país, incluidos DUI viejos.
  5. Pregunte antes de viajar. Si usted tiene una visa, hable con un abogado antes de salir de los Estados Unidos.
  6. Mantenga la calma y cumpla con sus fechas de corte. Faltar a la corte crea problemas nuevos.

¿Necesita un lugar para empezar? Imprima nuestra lista en la página de las primeras 24 horas. Tiene un espacio para los papeles de inmigración.

Preguntas para llevar a su abogado

  • ¿Cuál es mi estatus exacto, y qué papeles lo demuestran?
  • ¿Tengo arrestos o condenas anteriores, en cualquier lugar?
  • ¿Cuál es el cargo exacto por el que me piden declararme?
  • ¿La declaración, un withhold o la sentencia contarán como una "condena" para inmigración?
  • ¿Algo de esto afecta DACA, una solicitud pendiente o mi visa?
  • ¿Es seguro para mí viajar?
  • ¿Hay una retención migratoria (immigration hold)?

Más sobre inmigración y delitos

Lea nuestra página más amplia: Consecuencias migratorias de los cargos criminales.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden deportar por un DUI?

La ley federal no nombra el DUI como una causa propia de deportación. Pero ciertos tipos de DUI, más de un DUI y la forma en que termina el caso pueden importar, porque un DUI puede encajar en una de las categorías enumeradas. Obtenga consejo de inmigración antes de declararse.

Fuente: 8 U.S.C. §§ 1227(a)(2)(A), 1182(a)(2)(A).

¿Un DUI afecta mi solicitud de ciudadanía?

Un DUI no es una de las barreras automáticas enumeradas, pero USCIS igual lo puede considerar. Dos o más condenas por DUI en el período exigido crean una presunción en contra del buen carácter moral que el solicitante tiene que superar. Sus hechos exactos importan.

Fuente: 8 U.S.C. §§ 1101(f), 1427(a); Manual de Políticas de USCIS, Vol. 12, Parte F, Cap. 5.

¿Debo hablar con un abogado de inmigración antes de declararme?

Sí. Obtenga consejo de inmigración antes de declararse culpable de cualquier cosa. Un juez de Florida también tiene que advertirle a un acusado que no es ciudadano sobre las posibles consecuencias migratorias, pero esa advertencia es general.

Fuente: Fla. R. Crim. P. 3.172(c)(8).

¿Pueden retenerme por inmigración después de pagar la fianza?

Puede pasar. Si el DHS envió un detainer, la cárcel puede retenerlo hasta 48 horas (sin contar fines de semana ni días feriados) para que el DHS tome la custodia. Llame temprano a un abogado.

Fuente: 8 C.F.R. § 287.7(a), (d); § 908.105(1), Fla. Stat. (2026).

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Cuéntenos su estatus en confidencia. Le decimos qué preguntar antes de cualquier declaración. En español o en inglés. Las 24 horas. Dennis Gonzalez Law, P.A. Nuestro abogado principal es un ex fiscal de Miami-Dade.

Esta página es información general, no es asesoría legal para su caso.

La ley según está a 26 de octubre de 2026. Última revisión: 26 de octubre de 2026. Revisado por los abogados de Dennis Gonzalez Law, P.A.

La ley detrás de esta página

8 U.S.C. §§ 1101(a)(43)(F), 1101(a)(48)(A), 1101(f)(1), 1182(a)(2)(A), 1227(a)(2)(A), 1227(a)(2)(E)(i), 1427(a), (e); 18 U.S.C. § 16; 8 C.F.R. §§ 236.22(b)(6), 287.7; Fla. Stat. (2026) §§ 316.193, 322.34, 908.105; Fla. R. Crim. P. 3.172(c)(8); Manual de Políticas de USCIS (USCIS Policy Manual) Vol. 12, Parte F, Cap. 5; 9 FAM 403.11, 302.2-7.

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