Defensa criminal
Cargos por Contrabando en Cárceles, Prisiones y Centros Juveniles de la Florida
La ley de la Florida castiga entrar ciertos artículos a una cárcel, prisión o centro juvenil, sacarlos, pasárselos a alguien adentro o tenerlos en el terreno, si no se hace por los canales autorizados. Estos cargos les caen a visitantes, familiares, empleados, contratistas y a las personas detenidas. Algunos son delitos menores; muchos son delitos graves.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Contestamos las 24 horas.
Qué Tiene que Probar el Estado
Resumen de las instrucciones oficiales (vea las páginas de Elementos para el texto completo):
- Cárcel del condado (Instr. 25.17, Elementos): usted sabía que el artículo estaba ahí; lo entró, lo tuvo en el terreno, se lo dio o lo recibió de un recluso, lo sacó o trató de sacarlo o enviarlo; y el artículo está en la lista de la ley.
- Centro juvenil (Instr. 25.18, Elementos): conocimiento del artículo, uno de los actos de la lista y un artículo de la lista.
- Prisión estatal, posesión (Instr. 25.20, Elementos): usted tenía un artículo de la lista y era recluso o estaba en el terreno de una institución correccional estatal.
- Prisión estatal, entrar o sacar (Instr. 25.21, Elementos): usted entró, sacó, envió o trató de sacar o enviar un artículo de la lista; sabía que estaba ahí; y, si eran cartas, grabaciones, dinero, comida o ropa, que se lo dio o pensaba dárselo a un recluso.
Grados y Penas
Cárcel del condado (s. 951.22), que también cubre dar artículos a un recluso o recibirlos de él:
- Comunicaciones escritas o grabadas, billetes o monedas, comida o ropa, productos de tabaco, cigarrillos, tabacos, bebidas embriagantes o vapeadores: delito menor de primer grado (hasta 1 año y $1,000 de multa).
- Drogas de cualquier tipo (incluidas sustancias controladas, marihuana y cáñamo), armas de fuego u otras armas, objetos para fugarse, o celulares y otros aparatos de comunicación portátiles entrados al perímetro de seguridad: delito grave de tercer grado (hasta 5 años y $5,000).
- La correspondencia del abogado, el paralegal o el personal legal sobre la representación del recluso, si es legal por lo demás, queda fuera de la categoría de comunicaciones.
Centro juvenil (s. 985.711): cualquier violación es delito grave de segundo grado (hasta 15 años y $10,000). Esa pena única viene de la ley 2024-130, vigente desde el 1 de julio de 2024.
Prisión estatal (s. 944.47):
- Comunicaciones, dinero, comida o ropa para un recluso, o celulares y aparatos de comunicación portátiles: grave de tercer grado.
- Vapeadores: delito menor de primer grado.
- Todo lo demás de la lista, incluidas drogas, bebidas embriagantes, armas de fuego, otras armas y explosivos: grave de segundo grado.
- Al empleado que usa su puesto para cometer el delito se le sube un nivel para la sentencia.
Situaciones Comunes
- El celular, vapeador o pastillas de un visitante encontrados en el chequeo de seguridad.
- Artículos enviados por correo o dejados para alguien adentro.
- Un celular encontrado en una celda compartida o un área común.
- Un empleado o contratista de la cárcel acusado de pasar cosas.
Temas de Defensa
- Conocimiento. En la mayoría de estos cargos, el Estado tiene que probar que usted sabía que el artículo estaba ahí. Una bolsa que preparó otra persona, o un espacio compartido, abren dudas reales.
- Posesión. En una celda o un carro compartido, ¿quién controlaba de verdad el artículo?
- Canales autorizados. Cada ley excluye lo que entró por canales aprobados.
- Dónde pasó. Los cargos por celular y vapeador exigen que se haya entrado al perímetro de seguridad.
- El registro. Cómo se encontró el artículo se puede atacar. Vea Mociones para Suprimir Evidencia.
Qué Hacer Primero
- No dé explicaciones ni discuta con los agentes o investigadores. Pida un abogado.
- Apunte quién preparó, cargó o tuvo acceso al artículo.
- Llámenos antes de cualquier entrevista. Si es empleado y tiene una investigación interna, hable con nosotros antes de dar una declaración.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
¿Entrar un celular a la cárcel es delito grave?
En una cárcel del condado o una prisión estatal, un celular o aparato de comunicación portátil entrado a propósito y sin permiso al perímetro de seguridad es delito grave de tercer grado. En un centro juvenil es de segundo grado.
Yo no sabía que estaba en mi bolsa. ¿Eso importa?
Sí. Saber que el artículo estaba ahí es un elemento de la mayoría de estos cargos.
¿Un vapeador se trata igual que las drogas?
No. En una cárcel del condado o una prisión estatal, el vapeador es delito menor de primer grado. Las drogas llevan penas de delito grave.
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