Delitos violentos

Defensa en Casos de Asesinato por Encargo y Solicitud de Asesinato en Miami

Un cargo de asesinato por encargo, casi siempre, no envuelve ninguna muerte. Envuelve palabras: conversaciones, textos y reuniones grabadas, muchas veces con alguien que resulta ser un agente encubierto o un informante pagado que se hace pasar por sicario. Después el Estado o el gobierno federal acusa esas palabras como delito.

Son de los cargos más graves que existen fuera de un homicidio, y se arman casi por completo con grabaciones y con el testimonio de quienes las hicieron. Qué se dijo de verdad, quién lo dijo primero, quién presionó y qué querían decir las palabras en su contexto: eso es el caso. Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012, en corte estatal y federal. Contestamos las 24 horas.

Solicitud y Conspiración Bajo la Ley de la Florida (Sección 777.04)

Solicitud. Comete solicitud criminal quien le pide a otro que cometa un delito y, al hacerlo, le ordena, lo anima, lo contrata o le pide que realice una conducta específica que sería ese delito o una tentativa de ese delito.

Conspiración. Comete conspiración criminal quien se pone de acuerdo, conspira, se combina o se confabula con otra u otras personas para cometer cualquier delito.

Tentativa. Comete tentativa quien hace cualquier acto para cometer un delito pero no lo logra, o lo interceptan o se lo impiden.

El grado en los casos de asesinato.

Delito que se solicitó o se conspiró para cometerLa solicitud o la conspiración esMáximo bajo la ley de la Florida
Un delito capital, como el asesinato en primer gradoDelito grave de primer gradohasta 30 años
Un delito de cadena perpetua o de primer grado, como el asesinato en segundo gradoDelito grave de segundo gradohasta 15 años

Estos son los máximos que permite la ley. No es lo que le dan a todo el mundo.

El cargo depende de los hechos. La solicitud, la conspiración y la tentativa tienen cada una sus propios elementos, y la evidencia que prueba una puede no probar otra. Muchas veces esa es una pregunta central en estos casos.

Si de verdad ocurre una muerte o una tentativa. Según la ley de la Florida, quien ayuda, instiga, aconseja, contrata o de otra forma consigue que se cometa un delito, y ese delito se comete o se intenta, es autor principal (principal in the first degree) y lo pueden acusar y castigar como si lo hubiera cometido, haya estado presente o no. En ese caso, se convierte en un caso de homicidio o de intento de homicidio. Vea Defensa en Casos de Asesinato y Homicidio.

Renuncia. La ley de la Florida dice que es una defensa a la solicitud, la conspiración o la tentativa si, en circunstancias que muestran una renuncia completa y voluntaria a su propósito criminal, la persona abandonó la tentativa, convenció al otro de no cometer el delito o de otra forma impidió que se cometiera.

Asesinato por Encargo Federal (18 U.S.C. § 1958)

La ley federal castiga viajar, o hacer que otro viaje (incluyendo a la víctima), en el comercio interestatal o extranjero, o usar o hacer que otro use el correo o cualquier medio del comercio interestatal o extranjero, con la intención de que se cometa un asesinato en violación de la ley estatal o federal a cambio de recibir, o de una promesa o acuerdo de pagar, cualquier cosa de valor económico, o conspirar para hacerlo.

La ley define "cualquier cosa de valor económico" como cualquier cosa de valor en forma de dinero, un instrumento negociable, un interés comercial o cualquier otra cosa cuya importancia principal sea una ventaja económica, y dice que un medio del comercio interestatal o extranjero incluye los medios de transporte y de comunicación.

Penas bajo la sección 1958:

  • Hasta 10 años de prisión;
  • Hasta 20 años si alguien sale herido;
  • Si alguien muere, pena de muerte o cadena perpetua, o una multa de no más de $250,000, o las dos.

El gobierno tiene que probar cada elemento, incluyendo el uso de un medio interestatal y el pago o la promesa de algo de valor económico a cambio del asesinato.

Cómo Funcionan las Operaciones Encubiertas con un "Sicario"

Muchos de estos casos empiezan cuando alguien le dice a la policía que una persona anda buscando a un sicario: muchas veces una expareja, un compañero de trabajo, un compañero de celda o alguien que tiene sus propios cargos. La policía entonces presenta a un agente encubierto o a un informante que se hace pasar por asesino a sueldo. Las reuniones y las llamadas se graban. Los investigadores muchas veces esperan un pago, una foto, una dirección o una frase de acuerdo antes de hacer el arresto.

Esa manera de trabajar le da a la defensa mucho que revisar:

  • El informante. ¿Quién fue primero a la policía, y por qué? ¿Qué le prometieron, le pagaron o le perdonaron? Un informante que está tratando de rebajar sus propios cargos tiene razones para acomodar la historia.
  • Lo que no se grabó. La primera conversación muchas veces no está grabada. Lo que se dijo antes de prender la grabadora puede pesar tanto como lo que se dijo después.
  • Quién llevó la conversación. Quién sacó el tema, quién volvió a sacarlo, quién puso el precio y quién presionó para que se decidiera.
  • Las palabras mismas. La rabia, el desahogo, las conversaciones oscuras y la fantasía no son lo mismo que pedirle a alguien una conducta específica. La ley de la Florida exige que la persona ordene, anime, contrate o le pida a otro una conducta específica que sería el delito. El contexto, la traducción y el lenguaje de la calle importan, sobre todo en grabaciones en español o mezclando idiomas.
  • Que esté completo. Exigimos las grabaciones completas, todo el historial de mensajes y cada informe, no los pedazos que escogió el gobierno.

La Defensa de Entrampamiento (Sección 777.201)

La ley de entrampamiento de la Florida cubre a los agentes y a las personas que cooperan con ellos o actúan como sus agentes. Hay entrampamiento cuando, para conseguir evidencia de un delito, inducen o animan a una persona, y como resultado directo hacen que cometa el delito, usando métodos de persuasión o inducción que crean un riesgo sustancial de que el delito lo cometa alguien que no es una persona lista para cometerlo. Si el acusado prueba el entrampamiento con una preponderancia de la evidencia (más probable que no), la ley dice que tienen que absolverlo. Lo decide el jurado, o el juez en un juicio sin jurado.

En una operación con un "sicario", eso significa mirar con lupa las palabras del informante y del agente: cuántas veces hicieron contacto, cuánto presionaron y qué ofrecieron o con qué amenazaron. Para más sobre cómo funcionan estas operaciones y la ley de entrampamiento, vea Operaciones Encubiertas a la Inversa y Entrampamiento. El entrampamiento federal es una doctrina distinta, y en un caso federal lo analizamos por separado.

Fianza, Cómo Entregarse e Inmigración

  • Fianza. En estos casos la fianza casi siempre se pelea, y el Estado o el gobierno pueden pedir que el acusado se quede detenido hasta el juicio. La preparación para esa audiencia empieza de inmediato. Vea Fianzas y Audiencias Nebbia.
  • Entregarse. Si se entera de que lo investigan o de que hay una orden de arresto, entregarse de forma planificada con un abogado es más seguro que un arresto. Vea Cómo Entregarse.
  • Inmigración. Para quien no es ciudadano, una condena por solicitud o conspiración relacionada con un asesinato puede traer consecuencias migratorias muy serias. Hable con nosotros antes de cualquier acuerdo. Vea Consecuencias Migratorias.

Qué Hacer si lo Investigan o lo Arrestan

  1. Deje de hablar del asunto con todo el mundo. No llame, no le escriba ni se reúna con la persona con quien habló antes. Piense que toda conversación está grabada.
  2. No hable con la policía ni con agentes. Pida un abogado.
  3. No borre mensajes ni cuentas. Destruir evidencia puede ser otro delito, y el historial completo puede ayudarlo.
  4. No contacte a la persona señalada como objetivo, ni directamente ni a través de nadie.
  5. Llámenos de inmediato.

Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.

  • Ex fiscal de Miami-Dade.
  • Defendiendo personas desde el 2012.
  • Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
  • Oficina bilingüe.
  • Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

Preguntas Frecuentes

¿Me pueden acusar si nadie salió herido?

Sí. La solicitud y la conspiración son delitos completos bajo la ley de la Florida aunque no haya ningún daño. La ley federal de asesinato por encargo tampoco exige que ocurra un asesinato; la pena sube si hay lesiones o una muerte.

¿De qué grado es solicitar un asesinato en primer grado en la Florida?

Delito grave de primer grado, castigable hasta con 30 años.

El "sicario" era un agente encubierto. ¿Eso importa?

Puede importar. Si los agentes del gobierno crearon el delito, y si el cargo que presentaron cuadra con los hechos, son preguntas centrales. El entrampamiento es una defensa escrita en la ley de la Florida.

Yo solo me estaba desahogando. ¿Eso es delito?

La ley de la Florida exige una orden, un estímulo, una contratación o un pedido de una conducta específica que sería el delito. Qué se dijo, en qué contexto y quién llevó la conversación es lo que revisamos.

¿El asesinato por encargo es un delito federal?

Puede serlo, bajo 18 U.S.C. § 1958, cuando se usa un viaje interestatal, el correo o un medio del comercio interestatal con la intención de que se cometa un asesinato a cambio de algo de valor económico.

¿Qué tan rápido me pueden ayudar?

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