Defensa de licencias

Defensa de Licencias para Médicos (MD y DO) en Miami

Usted pasó más de diez años ganándose el derecho a ejercer la medicina. Una sola queja, un arresto o un reporte que ni sabía que existía puede poner esa licencia en peligro. El proceso disciplinario de la Florida tiene sus propias reglas y sus propios plazos, y la primera respuesta que usted mande puede marcar todo lo que viene después.

Sea MD o DO, le ayudamos a contestar la investigación, a pelear la queja administrativa y, cuando los hechos están en disputa, a llevar el caso a una audiencia ante un juez administrativo independiente.

Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Cuando un caso de licencia y un caso criminal salen de los mismos hechos, manejamos los dos juntos. Contestamos las 24 horas.

Quién Regula a los Médicos en la Florida

  • Los MD los regula la Junta de Medicina (Board of Medicine), bajo el Capítulo 458 de los Estatutos de la Florida.
  • Los DO los regula la Junta de Medicina Osteopática (Board of Osteopathic Medicine), bajo el Capítulo 459.
  • Las dos juntas están dentro del Departamento de Salud de la Florida. El departamento investiga y acusa; la junta decide el caso. El Capítulo 456 pone las reglas generales para todas las profesiones de salud que regula el departamento.

Motivos Comunes de Disciplina

La ley enumera muchos motivos. Estos son algunos de los más comunes, resumidos en palabras sencillas de la sección 458.331 (MD), la sección 459.015 (DO) y la sección 456.072 (todos los profesionales de salud):

  • Negligencia médica (malpractice), negligencia grave o negligencia repetida, según la definen los estatutos.
  • Problemas con recetas: recetar, despachar o administrar medicamentos de receta o sustancias controladas fuera del ejercicio profesional; recetarse a sí mismo medicamentos controlados; firmar recetas en blanco por adelantado; no cumplir con los requisitos para recetar sustancias controladas.
  • Expedientes: no llevar expedientes médicos legibles que justifiquen el tratamiento.
  • No poder ejercer con destreza y seguridad razonables por enfermedad, alcohol, drogas o una condición física o mental.
  • Casos criminales: ser condenado o declarado culpable, o declararse culpable o no contest, de un delito relacionado con la práctica de la medicina o con la capacidad de ejercerla, sin importar si hubo adjudicación.
  • Fraude y declaraciones falsas: representaciones engañosas o fraudulentas en la práctica, reportes o récords falsos, comisiones o reparto de honorarios por referir pacientes, y publicidad engañosa.
  • Conducta sexual indebida con un paciente.
  • Ejercer fuera de su alcance, delegar mal o no supervisar a los asistentes médicos, enfermeros de práctica avanzada y otros que trabajan bajo su supervisión.
  • Disciplina en otro estado u otra jurisdicción.
  • No reportar: por ejemplo, no informar por escrito a la junta, dentro de 30 días, una condena o una declaración de culpabilidad o no contest.
  • Violar una orden de la junta o no cumplir una citación (subpoena) del departamento.

Cómo una Queja se Convierte en una Acusación Administrativa

El proceso lo establece la sección 456.073 de los Estatutos de la Florida:

  1. La queja. El departamento investiga la queja que esté por escrito, firmada y que sea legalmente suficiente. También puede abrir una investigación por su cuenta, y en algunos casos a raíz de una queja anónima. Puede seguir investigando aunque la persona que se quejó la retire.
  2. El aviso a usted. Cuando el departamento investiga a un médico, tiene que mandarle pronto, a usted o a su abogado, copia de la queja o del documento que inició la investigación, salvo que aplique una excepción. El médico tiene 45 días desde la notificación para mandar una respuesta por escrito, y el panel de causa probable tiene que considerarla. No mande esa respuesta sin un abogado. El departamento también puede investigar sin avisarle si lo que se investiga es un delito.
  3. El expediente de la investigación. Después de que el departamento recomienda encontrar causa probable, usted puede pedir por escrito revisar el expediente y presentar una respuesta escrita dentro de 20 días desde que el departamento se lo envíe por correo, salvo que el departamento le dé más tiempo.
  4. Causa probable. Un panel de causa probable de la junta decide si hay causa probable. En vez de eso, puede emitir una carta de orientación (letter of guidance). Si encuentra causa probable, el departamento presenta una acusación administrativa (administrative complaint) formal.
  5. Confidencialidad. La queja y la investigación son confidenciales hasta 10 días después de que se encuentra causa probable, o hasta que usted renuncie a la confidencialidad.
  6. Plazo. Por lo general, la acusación administrativa tiene que presentarse dentro de 6 años del incidente. Ese límite no aplica a casos de actos criminales, desvío de sustancias controladas, conducta sexual indebida o impedimento, y se puede extender, hasta 12 años después del incidente, si un fraude, un ocultamiento o una tergiversación intencional impidió descubrir la violación.

Cómo Escoger su Audiencia: el Formulario de Elección de Derechos (Election of Rights)

Cuando le entregan la acusación administrativa, tiene que decirle que usted tiene derecho a pedir una audiencia y a tener abogado. Normalmente le llega un formulario para escoger cómo seguir. A ese formulario para pedir audiencia se le suele llamar elección de derechos (election of rights); ese es el nombre que se usa en la práctica, y la frase no aparece en los estatutos ni en las reglas uniformes. Sus opciones:

  • Una audiencia formal ante un juez administrativo de la División de Audiencias Administrativas (DOAH) si usted disputa los hechos. La ley exige audiencia formal cuando hay hechos importantes en disputa.
  • Una audiencia informal ante la junta si usted no disputa los hechos.
  • Un acuerdo, como una orden por consentimiento (consent order). Todo acuerdo tiene que aprobarlo el departamento.

El plazo importa. Los papeles que le entregan tienen que decirle cuál es la fecha límite que le aplica. Según las reglas uniformes para audiencias ante agencias de la Florida, son 21 días desde que recibe el aviso por escrito, salvo que otra ley fije un plazo distinto, y si se le pasa puede perder el derecho a la audiencia. Llámenos el mismo día que le llegue la acusación.

En la audiencia formal usted puede presentar pruebas, contrainterrogar a los testigos del departamento y argumentar su caso. El juez emite una orden recomendada con hechos probados, conclusiones de derecho y una sanción recomendada. Cada parte tiene 15 días para presentar objeciones por escrito (exceptions). La junta emite la orden final, y no puede rechazar los hechos que encontró el juez a menos que, después de revisar todo el expediente, determine que no se basaron en prueba competente y sustancial o que el procedimiento no cumplió con los requisitos esenciales de la ley. Para los médicos, el departamento tiene que probar los motivos para suspender o revocar la licencia con prueba clara y convincente. La parte afectada por la orden final tiene derecho a revisión judicial ante una corte de apelaciones de distrito de la Florida.

Para el proceso completo paso a paso, vea nuestra página de Audiencias Administrativas y Defensa de Licencias.

Las sanciones posibles bajo la sección 456.072(2) incluyen una amonestación o carta de preocupación, una multa de hasta $10,000 por cada cargo, probatoria, restricciones en la práctica, educación correctiva, reembolsos, suspensión y revocación permanente. Si la violación es por fraude o por una representación falsa o fraudulenta, la ley exige una multa de $10,000 por cargo.

Suspensión de Emergencia: Cuando le Quitan la Licencia Primero

La ley de la Florida permite que el Cirujano General del Estado, o quien él designe, suspenda o restrinja una licencia por orden de emergencia, antes de cualquier audiencia, si hay un peligro inmediato y serio para la salud, la seguridad o el bienestar del público. La orden tiene que explicar los hechos y las razones específicas, también hay que empezar pronto un proceso disciplinario regular, y la orden se puede apelar de inmediato.

En algunos casos la ley va más allá. Bajo la sección 456.074, el departamento tiene que emitir una orden de suspensión de emergencia cuando un profesional de salud:

  • se declara culpable o no contest, o es condenado o declarado culpable, sin importar si hubo adjudicación, de un delito grave (felony) bajo el Capítulo 409 (el capítulo de asistencia pública de la Florida, que incluye Medicaid), el Capítulo 817 (prácticas fraudulentas) o el Capítulo 893 (drogas), o bajo las leyes federales de drogas o de Medicare y Medicaid que menciona el estatuto;
  • se declara culpable o no contest, o es condenado o declarado culpable, sin importar si hubo adjudicación, de ciertos delitos federales de fraude, declaraciones falsas y otros relacionados con el programa Medicaid que enumera el estatuto, aunque sean delitos menores;
  • se declara culpable o no contest, o es condenado o declarado culpable, sin importar si hubo adjudicación, de un delito grave de agresión reproductiva o de un homicidio grave; o
  • es arrestado por cualquiera de los delitos que enumera el estatuto, entre ellos delitos sexuales y conducta sexual indebida, secuestro, privación ilegal de la libertad, trata y tráfico de personas, delitos contra menores y ciertos delitos relacionados.

El departamento también tiene que suspender cuando el Cirujano General del Estado encuentra causa probable de conducta sexual indebida que sea un peligro inmediato para el público, y puede suspender o restringir después de una prueba de drogas positiva sin receta legal (usted tiene 48 horas desde que le avisan del resultado confirmado para presentarla). Para médicos con hallazgos previos de negligencia con tres o más pacientes, una nueva causa probable obliga a revisar si procede una orden de emergencia.

Cuando También Hay un Caso Criminal

Para un médico, el caso criminal y el caso de licencia muchas veces van juntos, y lo que se haga en uno puede decidir el otro:

  • La declaración de culpabilidad cuenta. Declararse culpable o no contest cuenta contra su licencia sin importar si hubo adjudicación. Un withhold of adjudication no hace desaparecer el problema de la licencia.
  • Ciertas declaraciones provocan suspensión automática. Declararse culpable o no contest de un delito grave bajo los Capítulos 409, 817 u 893 (o las leyes federales que menciona el estatuto) significa una suspensión de emergencia obligatoria, sin importar si hubo adjudicación. Esas mismas declaraciones y condenas también pueden impedir por años la renovación de la licencia bajo la sección 456.0635.
  • Usted tiene que reportarlo. Una condena o declaración de culpabilidad se tiene que informar por escrito a la junta dentro de 30 días.
  • La información se comparte. El departamento puede compartir su investigación con la policía y con otras agencias reguladoras.

Antes de aceptar cualquier acuerdo con la fiscalía, las consecuencias para su licencia tienen que estar sobre la mesa. Miramos los dos casos al mismo tiempo. Vea nuestras páginas de Fraude de Salud, Fraude de Medicaid, Fraude de Medicare, Fraude de Seguros, Drogas y Ejercer Sin Licencia.

Qué Hacer si le Llega una Carta del Departamento de Salud

  1. No llame al investigador para explicarle. Todo lo que diga puede convertirse en prueba.
  2. No mande una respuesta por escrito por su cuenta. El panel la lee. Debe prepararse con un abogado.
  3. Anote la fecha en que recibió la carta y guarde el sobre.
  4. Conserve sus récords: expedientes, facturación, recetas y comunicaciones. No cambie nada.
  5. Díganos si hay algún arresto o investigación criminal, aunque parezca que no tiene nada que ver.
  6. Llámenos. Mientras antes entremos, más opciones tiene usted.

¿Quiere Presentar una Queja Contra un Médico?

Si un médico le hizo daño, usted puede presentar una queja ante el Departamento de Salud de la Florida. Lo que dice la ley:

  • La queja tiene que estar por escrito, firmada y ser legalmente suficiente, es decir, contar hechos que muestren una violación. El departamento puede pedirle documentos.
  • El departamento tiene que mantenerlo informado a usted y al paciente sobre el estado de la investigación y, si encuentra causa probable, darle copia de la acusación administrativa y explicarle cómo puede participar.
  • Si no encuentra causa probable, se lo tiene que decir, y usted puede mandar información adicional dentro de 60 días.
  • En la audiencia, la persona que presentó la queja tiene derecho a presentar comunicación oral o escrita sobre las violaciones o la sanción.
  • Quien reporta de buena fe está protegido contra demandas civiles; esa protección no cubre la mala fe ni la malicia.

Una queja ante la junta no le paga por sus lesiones. Si un tratamiento médico le hizo daño, usted también puede tener un reclamo civil, y esos reclamos tienen plazos estrictos. Llámenos para hablar de las dos cosas.

Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.

  • Ex fiscal de Miami-Dade.
  • Defendiendo personas desde el 2012.
  • El caso de licencia y el caso criminal, juntos, cuando salen de los mismos hechos.
  • Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
  • Oficina bilingüe.
  • Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para contestar la carta del Departamento de Salud?

Para los médicos, la ley da 45 días desde la notificación de la queja para mandar una respuesta por escrito. Busque un abogado mucho antes de esa fecha.

¿Me pueden suspender la licencia antes de la audiencia?

Sí, por orden de emergencia, cuando el Cirujano General del Estado determina que hay un peligro inmediato y serio para el público. Para ciertas declaraciones de culpabilidad, condenas y arrestos, la orden de emergencia es obligatoria. Usted puede impugnar la orden de emergencia en la corte.

Me dieron un withhold of adjudication. ¿Igual tengo un problema con la licencia?

Es posible que sí. La ley cuenta las declaraciones de culpable o no contest sin importar si hubo adjudicación.

¿La queja es pública?

Al principio no. Es confidencial hasta 10 días después de que se encuentra causa probable, a menos que usted renuncie a la confidencialidad.

¿Tengo que ir a una audiencia?

No necesariamente. Puede disputar los hechos en una audiencia formal en DOAH, ir a una audiencia informal ante la junta si no disputa los hechos, o resolver el caso con un acuerdo. El camino correcto depende de sus hechos.

Hable con Dennis

Llame o envíe un mensaje por WhatsApp. En español o en inglés.

Solicitar ConsultaConsulta Llame 24 horasLlamar 24/7 (305) 209-0384 WhatsApp