Lesión Cerebral Traumática
Planes de Cuidado de Por Vida para Lesiones Cerebrales y Catastróficas
Un plan de cuidado de por vida es un pronóstico detallado y por escrito de la atención médica, el equipo, las terapias y la ayuda en la casa que una persona gravemente lesionada va a necesitar por el resto de su vida, con el costo de cada cosa.
En un caso catastrófico, muchas veces es el documento más importante del expediente. Si cierra el caso sin uno, su familia podría terminar pagando un cuidado que debió pagar quien causó la lesión. Dennis Gonzalez Law, P.A. construye estos casos en español y en inglés, y nuestra oficina contesta las 24 horas.
Por qué importa un plan de cuidado de por vida
Usted solo tiene una oportunidad de recuperar. En Florida, una vez que el caso se resuelve o se paga un veredicto, por lo general no se puede volver a pedir más cuando aparecen nuevas necesidades. Una lesión cerebral o de la médula no deja de costar dinero cuando termina la demanda. Los medicamentos, las terapias, el equipo que se gasta y hay que reemplazar, las adaptaciones de la casa, el cuidado personal y el tratamiento de las complicaciones pueden seguir por décadas.
Un plan de cuidado de por vida convierte ese futuro en evidencia: necesidades específicas, con qué frecuencia, por cuánto tiempo y a qué costo. Sin él, al jurado se le pide que adivine. Con él, el jurado tiene un mapa.
Lo que normalmente cubre el plan
- Atención médica: neurología, fisiatría, neuropsicología, psiquiatría, médico de cabecera y otros especialistas, con la frecuencia de las visitas.
- Terapias: física, ocupacional, del habla, rehabilitación cognitiva, vestibular y consejería.
- Pruebas: imágenes de seguimiento, pruebas neuropsicológicas repetidas, análisis de laboratorio.
- Medicamentos y suministros.
- Equipo: sillas de ruedas, ayudas para moverse, aparatos adaptados, y cuándo hay que reemplazarlos.
- Adaptaciones de la casa y del vehículo.
- Cuidado personal y supervisión: desde unas horas a la semana hasta cuidado las 24 horas.
- Servicios vocacionales: capacitación o apoyo para volver a algún tipo de trabajo.
- Complicaciones: problemas futuros previsibles que documentan los médicos tratantes.
La medicina detrás del plan
El plan tiene que seguir a la medicina. El NINDS describe la rehabilitación de la lesión cerebral grave con equipos de varias disciplinas que pueden incluir neurólogos, enfermeros, psicólogos, nutricionistas y terapeutas físicos, ocupacionales, vocacionales, del habla y respiratorios, con tratamientos que pueden hacer falta a corto o a largo plazo. Para la lesión de la médula espinal, el NINDS describe equipos de rehabilitación que normalmente dirige un médico de medicina física y rehabilitación, e incluyen terapeutas, enfermeros y psicólogos de rehabilitación, trabajadores sociales, consejeros vocacionales y coordinadores de casos.
Cada uno de esos servicios es una línea en el plan. El plan se construye con los récords y las recomendaciones de los médicos tratantes, no lo inventan los abogados. Eso es lo que lo hace creíble.
Las lesiones cerebrales necesitan atención especial. En la conmoción y la lesión axonal difusa, las necesidades muchas veces son cognitivas y de conducta, no solo físicas: supervisión, rutina, ayuda para manejar el dinero y las citas, consejería para la familia. Esas necesidades son reales y cuestan dinero, pero es fácil pasarlas por alto. Vea nuestras páginas de conmoción y lesión cerebral leve y lesión axonal difusa.
Quién lo prepara
Normalmente lo prepara un planificador de cuidado de por vida calificado, muchas veces un enfermero o un profesional de rehabilitación con entrenamiento especializado, que trabaja con los récords médicos, entrevistas con la persona lesionada y su familia, y la opinión de los médicos tratantes. Después, un economista calcula el valor presente del plan, es decir, la cantidad que hace falta hoy para pagar el cuidado futuro. Otros peritos pueden incluir un perito vocacional para la pérdida de la capacidad de ganar dinero.
Cómo la ley HB 837 cambió la prueba
Desde la ley HB 837, la ley de Florida detalla la evidencia que se puede presentar para probar el costo del tratamiento médico futuro (Estatutos de Florida § 768.0427). En palabras sencillas:
- Si la persona lesionada tiene seguro de salud que no sea Medicare o Medicaid, o es elegible para tenerlo, la evidencia puede incluir lo que ese seguro pagaría por el cuidado futuro, más la parte que le toca a la persona.
- Si la persona no tiene seguro, o tiene Medicare o Medicaid, la evidencia puede incluir el 120 por ciento de la tarifa de Medicare vigente al momento del juicio, o el 170 por ciento de la tarifa de Medicaid cuando no hay tarifa de Medicare.
- También se puede presentar evidencia de los montos futuros razonables que se facturarían por cuidado médicamente necesario.
Un plan hecho a la antigua se puede atacar con las reglas nuevas. Los nuestros se construyen con este estatuto en mente desde el primer día.
Qué hacer ahora
- Siga en tratamiento y guarde los récords. El plan es tan fuerte como los récords médicos que lo respaldan.
- Pregúnteles a sus médicos sobre el futuro: qué atención esperan que usted necesite y por cuánto tiempo. Sus recomendaciones por escrito importan.
- Lleve un diario de la vida diaria: lo que ya no puede hacer, la ayuda que necesita, quién se la da y cuántas horas.
- Guarde cada recibo de equipo, transporte, cambios en la casa y ayuda pagada.
- No cierre el caso antes de documentar las necesidades futuras.
El plazo
En la mayoría de los reclamos por lesiones causadas por negligencia en Florida, usted tiene dos años para presentar la demanda (Estatutos de Florida § 95.11(5)(a)). Ese plazo de dos años aplica a los reclamos que surgieron después del 24 de marzo de 2023, el día en que la ley HB 837 entró en vigor (Capítulo 2023-15, Leyes de Florida, § 28). En la mayoría de los casos, el reclamo surge el día del accidente o de la caída. Si el suyo ocurrió el 24 de marzo de 2023 o antes, todavía podría aplicar la regla anterior de cuatro años. Los reclamos por muerte por negligencia también tienen un plazo de dos años, y los reclamos contra una agencia del gobierno o relacionados con atención médica tienen sus propias reglas. Algunas páginas todavía dicen cuatro años. Para lesiones nuevas, eso ya no es cierto.
Un plan de cuidado de por vida toma tiempo. El plazo no lo espera.
Si dicen que usted tuvo parte de la culpa
Florida aplica la culpa comparativa modificada (Estatutos de Florida § 768.81). Si usted tuvo parte de la culpa, su indemnización, incluyendo el cuidado futuro, se reduce según su porcentaje. Si el jurado determina que usted tuvo más del 50 por ciento de la culpa de su propio daño, no recibe nada. En toda una vida de cuidado, cada punto porcentual es dinero de verdad.
El seguro, en palabras sencillas
El plan muestra qué tan grande es la pérdida; los seguros determinan de dónde sale el dinero. En casos de vehículos, primero el PIP (hasta $10,000 en beneficios médicos y por incapacidad; los beneficios médicos solo se pagan si hay atención inicial dentro de los 14 días, § 627.736), después el seguro de responsabilidad del culpable, las pólizas en exceso y sombrilla, y su propia cobertura UM. Los camiones comerciales tienen seguros mínimos más altos según su peso (§ 627.7415). En casos de propiedad, las pólizas de responsabilidad del dueño. Los seguros de salud, Medicare y Medicaid pueden reclamar que se les devuelva lo que pagaron, y el interés de Medicare en el cuidado futuro se tiene que considerar al cerrar el caso. Nos encargamos de todo eso.
Cómo avanza un caso
- Investigación y preservación.
- Tratamiento hasta que el cuadro médico esté lo bastante claro para proyectar.
- Planificador de cuidado de por vida, economista y perito vocacional construyen el caso de los daños futuros.
- Reclamo formal con el plan completo, y luego demanda si hace falta, siempre dentro del plazo.
- Ataques de la defensa: la defensa muchas veces contrata su propio planificador. Revisamos sus suposiciones línea por línea.
- Mediación o juicio.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es un plan de cuidado de por vida en un caso de lesión cerebral?
Un pronóstico por escrito y detallado del cuidado que una persona va a necesitar de por vida (médicos, terapias, medicamentos, equipo, cuidado en casa, supervisión), con sus costos y la frecuencia de cada uno. Se basa en los récords médicos y en la opinión de los médicos tratantes, y un economista lo lleva a valor presente.
¿Quién prepara el plan de cuidado de por vida?
Normalmente un planificador de cuidado de por vida calificado, muchas veces un enfermero o profesional de rehabilitación con entrenamiento especializado, que trabaja con los récords y las recomendaciones de los médicos tratantes. Un economista calcula el valor presente, y un perito vocacional puede tratar la pérdida de ingresos futuros.
¿Necesito un plan de cuidado de por vida por una conmoción?
No siempre. Muchas personas se recuperan de una conmoción. Pero cuando los síntomas duran y afectan el trabajo, la escuela o la vida diaria, puede hacer falta un plan para documentar el tratamiento y el apoyo futuros. Los hallazgos de sus médicos son los que deciden.
¿Cómo cambió la ley HB 837 los daños médicos futuros?
La ley de Florida ahora especifica la evidencia que se puede presentar para los gastos médicos futuros, incluyendo lo que pagaría el seguro de salud o, para personas sin seguro o con Medicare o Medicaid, el 120 por ciento de la tarifa de Medicare o el 170 por ciento de la de Medicaid (§ 768.0427). El plan tiene que respetar esa regla.
¿Puedo reabrir mi caso si después necesito más cuidado?
Por lo general, no. Un relevo firmado en un acuerdo o una sentencia final normalmente termina el reclamo para siempre. Por eso hay que documentar las necesidades futuras antes de resolver el caso, y por eso los acuerdos tempranos en casos catastróficos son tan peligrosos.
¿La defensa va a atacar el plan de cuidado de por vida?
Casi siempre. La defensa contrata sus propios planificadores y médicos que dicen que hace falta menos cuidado. Un plan basado en las recomendaciones de los médicos tratantes y en el estatuto que aplica es mucho más difícil de atacar que uno basado en suposiciones.
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
Para la mayoría de los reclamos por negligencia en Florida que surgieron después del 24 de marzo de 2023, dos años (§ 95.11(5)(a)). Los reclamos anteriores podrían seguir la regla de cuatro años. La muerte por negligencia también es dos años. Un plan de cuidado de por vida toma meses: empiece pronto.
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Ex fiscal de Miami-Dade · Desde 2012 · Super Lawyers Rising Stars · Avvo Rating 10.0
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