Defensa criminal
Manipulación, Acoso y Represalias contra Testigos en Miami
Un mensaje a la ex pidiéndole que lo deje así. Una oferta de pagarle a un testigo por la molestia. Una publicación sobre alguien que habló con la policía. En la Florida, eso se puede convertir en un delito grave nuevo, a veces más serio que el caso original, porque la pena por manipular un testigo sube según lo serio que sea el caso.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Contestamos las 24 horas.
Qué Tiene que Probar el Estado
Manipulación (s. 914.22(1); Instrucción 21.10, Elementos): usted, a sabiendas, usó o trató de usar intimidación o fuerza física, amenazó o trató de amenazar, engañó, o le ofreció un beneficio económico a alguien; lo hizo con la intención de que una persona no declarara o no entregara pruebas, alterara o escondiera pruebas, evadiera una citación, faltara a un proceso, no le diera información a la policía o al juez, o declarara falsamente; y la investigación o el proceso era sobre un tipo de caso determinado.
Acoso (s. 914.22(3); Instrucción 21.11, Elementos): usted intencionalmente acosó o trató de acosar a una persona, y con eso impidió, demoró, evitó o disuadió (o trató de hacerlo) a alguien de ir a corte o declarar, cooperar con una investigación, denunciar un delito o una violación de probatoria, libertad condicional o libertad antes del juicio, pedir un arresto, o ayudar en un proceso penal o de revocación; y la investigación o el proceso era sobre un tipo de caso en particular.
Represalia (s. 914.23; Instrucción 21.9, Elementos): usted, a sabiendas, causó, intentó o amenazó con causar lesiones o daños a la propiedad, con la intención de vengarse por la asistencia de un testigo o de una parte a un proceso oficial, por el testimonio de un testigo, por documentos entregados en un proceso oficial, o por información dada a la policía.
Dos puntos de la ley: el proceso oficial no tiene que estar pendiente ni a punto de empezar, y el testimonio o la prueba no tiene que ser admisible.
Grados y Penas
La manipulación depende del caso original:
- Caso de delito menor: grave de tercer grado (hasta 5 años).
- Caso grave de tercer grado: grave de segundo grado (hasta 15 años).
- Caso grave de segundo grado: grave de primer grado (hasta 30 años).
- Caso grave de primer grado, incluso el castigable hasta con cadena perpetua: grave de primer grado castigable hasta con cadena perpetua.
- Caso de cadena perpetua o capital: delito de cadena perpetua.
- Si no se puede determinar el nivel, o el asunto no es penal: grave de tercer grado.
El acoso también sigue el caso original: delito menor de primer grado si el caso es menor, y sube a grave de tercer, segundo o primer grado para casos graves de tercer, segundo o primer grado; hasta cadena perpetua para casos de primer grado castigables con cadena perpetua y procesos por delitos de cadena perpetua o capitales; grave de tercer grado si no se puede determinar el nivel o el asunto no es penal.
La represalia: grave de segundo grado si hay lesiones; si no, grave de tercer grado.
Situaciones Comunes
- Casos de violencia doméstica, donde la supuesta víctima y el acusado comparten casa, hijos o plan de teléfono.
- Llamadas desde la cárcel pidiéndole a alguien que no vaya a corte.
- Publicaciones en redes sobre un testigo o un supuesto chivato.
Temas de Defensa
- La intención es el centro del caso. Preguntarle a alguien cómo está, o pedirle perdón, no es lo mismo que tratar de que cambie su testimonio. El contexto importa.
- Qué es engañar según la ley. La ley lo define con precisión: decir algo falso a sabiendas, omitir información para engañar, documentos u objetos falsos, o una trampa, plan o artimaña.
- El acoso exige un efecto o un intento. El Estado tiene que conectar la conducta con impedir o disuadir a alguien.
- ¿Quién lo mandó? Teléfonos compartidos, cuentas falsas y terceros son problemas reales.
Qué Hacer Primero
- Corte todo contacto con el testigo o la supuesta víctima, directo o por amigos o familia. Cumpla al pie de la letra cualquier orden de no contacto.
- No borre mensajes. Borrarlos puede crear otro problema. Vea Manipulación de Pruebas.
- Recuerde que las llamadas desde la cárcel se graban.
- Llámenos. Si está bajo fianza o en probatoria, un cargo nuevo puede afectar su libertad. Vea Fianzas y Audiencias Nebbia y Violación de Probatoria.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
La supuesta víctima me escribió primero. ¿Igual me pueden acusar?
Puede ser. Lo que importa es lo que usted dijo o hizo, y por qué. Deje de contestar y llame a un abogado.
¿Me pueden acusar si todavía no había un caso abierto?
Sí. La ley dice que el proceso oficial no tiene que estar pendiente ni a punto de empezar.
¿Pedirle a alguien que retire los cargos es manipulación?
Depende de las palabras, el contexto y la intención. La fiscalía muchas veces lo ve así. No lo haga.
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