Defensa criminal
Delitos Federales de Derechos Civiles en Miami: Bajo Color de Ley y Ley FACE
La sección 242 del Título 18 castiga a quien, actuando bajo color de ley (por lo general un policía o un oficial de prisiones), le quita a propósito a una persona un derecho constitucional o federal. La sección 248, la Ley de Libertad de Acceso a las Entradas de Clínicas (FACE Act), castiga usar la fuerza, amenazas de fuerza u obstrucción física contra personas que reciben o prestan servicios de salud reproductiva, o contra personas que ejercen su libertad religiosa en un lugar de culto, y dañar esos lugares. Defendemos a las personas acusadas bajo estas leyes sin importar sus ideas ni de qué lado estén.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012, en corte estatal y federal. Contestamos las 24 horas.
Privación de Derechos Bajo Color de Ley (s. 242)
Qué tiene que probar el Gobierno (Instrucción Modelo O8 del 11.º Circuito, Elementos):
- El acusado le quitó a la víctima un derecho protegido por la Constitución o por la ley federal, como la libertad sin el debido proceso de ley.
- El acusado actuó, o dijo actuar, bajo color de la ley estatal.
- El acusado se excedió a propósito y abusó de su autoridad bajo la ley estatal.
Actuar "bajo color de la ley estatal" quiere decir excederse o abusar de la autoridad legal mientras se dice o se aparenta cumplir un deber oficial. Una persona que no es funcionario puede ser condenada si el Gobierno prueba que participó a propósito con los funcionarios en el abuso de autoridad.
Penas: hasta 1 año; hasta 10 años si resulta una lesión física o si se usó o se amenazó con un arma peligrosa, explosivos o fuego; hasta cadena perpetua, o la pena de muerte, si resulta una muerte o si los actos incluyen secuestro, abuso sexual agravado o intento de matar.
Ley FACE (s. 248)
Intimidación o lesión de una persona (Instrucción Modelo O10.1, Elementos): el acusado usó la fuerza, una amenaza de fuerza o una obstrucción física para lesionar, intimidar o interferir intencionalmente con la persona nombrada, y lo hizo a sabiendas y porque la persona estaba prestando o recibiendo, o había prestado o recibido, servicios de salud reproductiva.
Daño a una instalación (Instrucción Modelo O10.2, Elementos): el acusado dañó o destruyó intencionalmente la instalación, a sabiendas y porque se usaba para prestar servicios de salud reproductiva.
La ley también protege a las personas que ejercen su libertad religiosa en un lugar de culto, y protege los lugares de culto contra daños. "Obstrucción física" quiere decir hacer imposible la entrada o la salida, o hacerla excesivamente difícil o peligrosa.
Penas: primera vez, hasta 1 año; segunda vez, hasta 3 años. Si el delito consiste solamente en una obstrucción física no violenta, hasta 6 meses y $10,000 de multa la primera vez, y hasta 18 meses y $25,000 de multa después. Hasta 10 años si resulta una lesión física; hasta cadena perpetua si resulta una muerte. Las notas de la instrucción modelo dicen que cuando solo se acusa una obstrucción física no violenta, no hay un derecho automático a juicio por jurado.
Temas de Defensa
- La intención (s. 242). El Gobierno tiene que probar un abuso de autoridad a propósito, no un error ni un accidente.
- Aviso justo (s. 242). Las notas de la instrucción explican que lo ilegal de la conducta tenía que ser evidente según la ley existente, para que hubiera un aviso justo.
- Dentro de la autoridad legal. Si el agente actuó dentro de los límites de su autoridad legal, no hubo privación de derechos.
- Expresión protegida (s. 248). La propia ley dice que no prohíbe la conducta expresiva, incluidos los piquetes pacíficos u otras manifestaciones pacíficas, protegida por la Primera Enmienda.
- Motivo y conocimiento. El Gobierno tiene que probar que el acusado actuó por causa de la actividad protegida.
- Fuerza, amenaza u obstrucción. Estar presente, rezar o hablar no es lo mismo que bloquear una entrada o usar la fuerza.
Qué Hacer Primero
- No dé declaraciones a asuntos internos, al FBI ni a otros agentes sin un abogado.
- Guarde el video de body cam, otros videos y los reportes.
- Si recibe una carta de objetivo (target letter) o una citación, llámenos de inmediato.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
¿Protestar frente a una clínica o una iglesia es delito federal?
No por sí solo. La Ley FACE apunta a la fuerza, las amenazas de fuerza, la obstrucción física y los daños a la propiedad. La protesta pacífica protegida por la Primera Enmienda queda excluida por las propias palabras de la ley.
¿Mi caso será en corte federal?
Sí. Son cargos federales y se procesan en la corte federal de distrito. Vea Delitos Federales.
Hable con Dennis
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