Defensa criminal
Cargos de Conspiración Federal (18 U.S.C. § 371) en Miami
La conspiración es el cargo que usa la fiscalía federal para conectar a mucha gente con un mismo caso. Lo pueden condenar aunque el delito planeado nunca haya ocurrido y, a veces, hacerlo responsable de delitos que cometieron otros.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012, en corte estatal y federal. Contestamos las 24 horas.
Dos Tipos de Conspiración bajo la § 371
La sección 371 castiga conspirar para cometer cualquier delito contra Estados Unidos, o para defraudar a Estados Unidos o a cualquiera de sus agencias.
La conspiración para cometer un delito (Instrucción Modelo O13.1, Elementos) y la conspiración para defraudar a Estados Unidos (O13.6, Elementos) exigen probar:
- Que dos o más personas se pusieron de acuerdo, de alguna forma, para tratar de lograr un plan ilegal común.
- Que usted sabía el propósito ilegal del plan y se unió voluntariamente.
- Que durante la conspiración uno de los conspiradores cometió a sabiendas por lo menos un acto manifiesto descrito en la acusación.
- Que el acto se cometió en o alrededor de la fecha alegada, para llevar a cabo algún objetivo de la conspiración.
Un acto manifiesto puede ser algo totalmente inocente por sí solo. Según la O13.6, "defraudar" a Estados Unidos es quitarle al gobierno dinero o bienes con trampa, o interferir con sus funciones legales con engaño, astucia o trucos.
Las instrucciones también dicen lo que no basta: estar presente, juntarse con ciertas personas o hablar de metas comunes no prueba una conspiración. Pero una persona que tuvo un papel pequeño, entendía el plan y se unió voluntariamente sí puede ser culpable.
Pena: hasta 5 años y multa (hasta $250,000, o el doble de la ganancia o la pérdida bruta). Si el delito planeado es solo un delito menor, la pena no puede pasar del máximo de ese delito menor.
Instrucciones que Pueden Ayudar a la Defensa
Estas instrucciones no tienen página de elementos propia; aparecen en nuestro Índice de elementos.
- Varios objetivos (O13.2). Si la acusación dice que la conspiración tenía dos objetivos, el jurado tiene que ponerse de acuerdo de forma unánime en cuál delito usted conspiró para cometer.
- Varias conspiraciones (O13.3). Probar varias conspiraciones separadas no prueba la conspiración única que se acusa. Si usted fue parte de otra conspiración, no la acusada, lo tienen que declarar no culpable.
- Retirarse (O13.4). Si usted tomó acción para rechazar o frustrar el propósito de la conspiración antes de que cualquier conspirador cometiera un acto manifiesto, no es culpable de la conspiración. Retirarse también puede importar para el plazo de prescripción y para delitos que otros cometieron después.
Responsabilidad Pinkerton (O13.5)
Si lo declaran culpable de la conspiración, el jurado también lo puede declarar culpable de otro delito que cometió un coconspirador, aunque usted no haya participado en él, pero solo si encuentra más allá de una duda razonable que el delito se cometió durante la conspiración para adelantar su propósito; que usted era miembro a sabiendas y voluntariamente cuando se cometió; y que era razonablemente previsible que un coconspirador lo cometiera como consecuencia de la conspiración.
Otras Leyes de Conspiración
Muchos delitos federales tienen su propia ley de conspiración. Conspirar para cometer fraude postal, electrónico, bancario o de servicios honestos trae la misma pena que el fraude mismo (§ 1349), y el texto de la § 1349, como el de la § 286, no menciona un acto manifiesto. Vea Fraude de Servicios Honestos, Lavado de Dinero y Tráfico de Drogas.
Temas de Defensa
- No hubo acuerdo. Una relación de comprador y vendedor, trabajar juntos o los lazos de familia no prueban, por sí solos, un acuerdo.
- El conocimiento. ¿Usted sabía el propósito ilegal?
- El alcance. ¿Una conspiración o varias?
- Los límites de previsibilidad de la responsabilidad Pinkerton.
- El retiro y las fechas.
Qué Hacer Primero
- No hable del caso con los coacusados. Sus llamadas pueden estar grabadas, y algunos pueden estar cooperando.
- No hable con agentes sin un abogado.
- Prepárese para la audiencia de detención. Vea Fianzas y Audiencias Nebbia.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
El delito nunca ocurrió. ¿Igual me pueden condenar por conspiración?
Sí. El corazón de la conspiración es el acuerdo, más un acto manifiesto bajo la § 371. No hace falta que el plan funcione.
Yo casi no conocía a los demás. ¿Soy conspirador?
No solo por conocerlos. El Gobierno tiene que probar que usted sabía el propósito ilegal y se unió voluntariamente al plan.
¿Me pueden culpar por lo que hizo otro?
Bajo la responsabilidad Pinkerton, es posible, si el delito adelantó la conspiración, usted era miembro en ese momento y era razonablemente previsible.
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- Tráfico de DrogasCargos por peso y mínimos obligatorios.
- Fianzas y Audiencias NebbiaCómo salir después de un arresto: fianza, retenciones por origen de fondos, detención federal.
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