Defensa criminal
Drogas Cerca de Escuelas y Venta de Drogas a Menores
Dos datos pueden convertir un caso de drogas común en uno mucho más grave: dónde pasó y quién estaba involucrado. La ley de la Florida y la federal castigan más fuerte las ventas cerca de escuelas y otros lugares, y las dos tratan como delitos agravados vender a jóvenes o usarlos en el negocio de drogas.
Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Ha defendido casos de fraude fiscal, fraude bancario, fraude electrónico (wire fraud), tráfico de drogas y lavado de dinero. Contestamos las 24 horas.
Florida: Entregarle Drogas a un Menor o Usar a un Menor
En la Florida es delito que una persona de 18 años o más le entregue una sustancia controlada a alguien menor de 18, que use o contrate a un menor como agente o empleado para vender o entregar drogas, o que use a un menor para evitar que la detecten o la arresten.
Qué tiene que probar el Estado (Instrucción 25.4 para Jurados en Casos Penales de la Florida; vea la página de Elementos): usted le entregó la sustancia a una persona menor de 18, o usó o contrató a un menor en la venta o entrega, o usó a un menor para evitar que lo detectaran; la sustancia era la del cargo; usted tenía 18 años o más; y sabía que la sustancia estaba ahí.
Penas: para el grupo de drogas más grave de la ley (que incluye la cocaína y la heroína), felonía de primer grado; para un segundo grupo (que incluye el cannabis), felonía de segundo grado; para cualquier otra sustancia controlada, felonía de tercer grado. La ley además dice que la sentencia no se puede suspender ni aplazar, y a la persona no se le puede dar probatoria.
Florida: Zonas Libres de Drogas
Vender, fabricar, entregar o tener con intención de vender a menos de 1,000 pies de una guardería o una escuela (entre las 6 a.m. y la medianoche), o a cualquier hora cerca de un parque, un centro comunitario o una instalación recreativa pública, se castiga más fuerte. Para el grupo de drogas más grave, es felonía de primer grado con un mínimo de 3 años, salvo cerca de una guardería. Las universidades tienen su propio inciso. Una guardería solo cuenta si tiene puesto el letrero que exige la ley. Vea la página de Elementos, 25.6 y Defensa en Casos de Drogas.
Federal: Escuelas, Parques Infantiles y Vivienda Pública (21 U.S.C. § 860)
Qué tiene que probar el gobierno (Instrucción O103 del 11.º Circuito; vea la página de Elementos): usted tenía a sabiendas una sustancia controlada; la tenía a menos de 1,000 pies de una escuela o de una vivienda pública; y tenía la intención de distribuirla. Si la acusación menciona una cantidad, el jurado también decide el peso.
La ley cubre 1,000 pies de escuelas, universidades, parques infantiles (playgrounds) y viviendas públicas, y 100 pies de centros juveniles, piscinas públicas y salones de videojuegos. Las penas:
- El doble de la prisión máxima de la ley general de drogas, y por lo menos el doble de la libertad supervisada.
- Un mínimo de 1 año, salvo que ya aplique un mínimo más alto. El mínimo no aplica a casos de 5 gramos de marihuana o menos.
- Con una condena anterior bajo § 860: por lo menos 3 años.
- No hay probatoria ni sentencia suspendida cuando aplica un mínimo obligatorio.
Federal: Distribución a un Menor de 21 Años (21 U.S.C. § 859)
Una persona de 18 años o más que le distribuye drogas a alguien menor de 21 enfrenta el doble de la pena máxima normal, por lo menos el doble de la libertad supervisada y un mínimo de 1 año (que tampoco aplica a 5 gramos de marihuana o menos). El § 860(c) también castiga hasta con el triple de las penas normales a una persona de 21 años o más que usa a un menor de 18 para vender en zona escolar.
Temas de Defensa
- La medida. Las distancias, los mapas y los linderos muchas veces se pueden disputar.
- El horario y el lugar. La zona escolar de la Florida aplica entre las 6 a.m. y la medianoche. ¿El lugar era de verdad uno de los que dice la ley?
- La edad. El Estado tiene que probar la edad de las dos personas.
- Conocimiento e intención. La Florida exige que usted supiera de la sustancia; la ley federal exige intención de distribuir.
- El registro. Vea Mociones para Suprimir Evidencia.
Qué Hacer Primero
- No hable con la policía ni con agentes sobre dónde estaba o con quién.
- Apunte el lugar exacto y la hora mientras lo recuerda.
- Llámenos. Vea Fianzas y Audiencias Nebbia.
Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.
- Ex fiscal de Miami-Dade.
- Defendiendo personas desde el 2012 en corte estatal y federal.
- Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
- Oficina bilingüe.
- Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
Preguntas Frecuentes
¿La zona escolar de la Florida aplica de noche?
Para escuelas y guarderías, entre las 6 a.m. y la medianoche. Para parques, centros comunitarios e instalaciones recreativas públicas, a cualquier hora.
¿Me pueden dar probatoria por entregarle drogas a un menor en la Florida?
La ley dice que la sentencia no se puede suspender ni aplazar y que a la persona no se le puede dar probatoria.
¿Qué tan rápido me pueden ayudar?
Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.
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