Defensa criminal

Fraude de Ciudadanía y Naturalización

Dos delitos federales protegen la ciudadanía americana. Uno castiga al que no es ciudadano y dice falsamente que sí lo es. El otro castiga conseguir la naturalización o una prueba de ciudadanía de forma ilegal, por ejemplo con respuestas falsas en el proceso de naturalización. Para un ciudadano naturalizado, una condena por conseguir a sabiendas la naturalización de forma ilegal también significa que la corte le revoca la ciudadanía.

Dennis Gonzalez Jr. fue fiscal en Miami-Dade y defiende personas desde el 2012. Ha defendido casos de fraude fiscal, fraude bancario, fraude electrónico (wire fraud), tráfico de drogas y lavado de dinero. Defendemos el cargo criminal federal; no llevamos casos en la corte de inmigración, y coordinamos con abogados de inmigración cuando hace falta. Contestamos las 24 horas.

Reclamo Falso de Ciudadanía (18 U.S.C. § 911)

Hacerse pasar, falsa y voluntariamente, por ciudadano americano es un delito federal que se castiga con multa, hasta 3 años de prisión, o ambas.

Qué tiene que probar el gobierno (Instrucción O32 del 11.º Circuito; vea la página de Elementos):

  1. usted era extranjero en la fecha que dice la acusación;
  2. usted dijo falsamente que era ciudadano de los Estados Unidos; y
  3. hizo ese reclamo falso a sabiendas y voluntariamente.

Obtener la Ciudadanía o la Naturalización Ilegalmente (18 U.S.C. § 1425)

La ley tiene dos partes, y la instrucción cubre las dos.

Sección 1425(a) (O120; página de Elementos): usted, a sabiendas, consiguió o trató de conseguir, en contra de la ley, la naturalización de una persona, o un documento u otra prueba de naturalización o ciudadanía.

Sección 1425(b) (O120): para usted, o para otra persona sin derecho, usted a sabiendas expidió, consiguió, obtuvo, solicitó o trató de obtener la naturalización, la ciudadanía, o un certificado u otra prueba de ciudadanía; la persona no tenía derecho; y usted lo sabía.

Cuando el gobierno alega que el delito se cometió para facilitar terrorismo internacional o un delito de tráfico de drogas, el jurado también tiene que encontrar ese propósito.

Penas

Sección 911: hasta 3 años.

Sección 1425:

  • 10 años en un primer o segundo delito;
  • 15 años en cualquier otro;
  • 20 años si se cometió para facilitar un delito de tráfico de drogas; y
  • 25 años si se cometió para facilitar terrorismo internacional.

Pérdida de la ciudadanía. Según el 8 U.S.C. § 1451(e), cuando condenan a una persona bajo el § 1425 por conseguir a sabiendas la naturalización violando la ley, la corte que dicta la condena tiene que revocar la orden que la admitió como ciudadana y cancelar su certificado de naturalización.

Situaciones Comunes

  • Decirle a un funcionario del gobierno, o escribir en un formulario oficial, que usted es ciudadano americano cuando no lo es.
  • Respuestas en la solicitud de naturalización o en la entrevista sobre arrestos, delitos u otros antecedentes.
  • Ayudar a otra persona a conseguir papeles de ciudadanía a los que no tiene derecho.

Temas de Defensa

  • Conocimiento y voluntad. Los dos delitos exigen actuar a sabiendas, y el § 911 exige un reclamo falso hecho voluntariamente. Hay personas que creen de buena fe que son ciudadanas.
  • La condición de extranjero. En el § 911, el gobierno tiene que probar que usted no era ciudadano. La ciudadanía se puede adquirir de más de una forma, y vale la pena revisarlo.
  • Lo que de verdad se dijo o se escribió. La pregunta exacta, la respuesta exacta y el idioma en que se hizo importan.
  • El derecho a la ciudadanía. En el § 1425(b), el gobierno tiene que probar que la persona no tenía derecho a la ciudadanía y que usted lo sabía.
  • Lo que está en juego además de la cárcel. Como una condena bajo el § 1425 puede terminar en la revocación, cualquier acuerdo necesita un análisis cuidadoso antes.

Qué Hacer Primero

  1. No conteste preguntas de los agentes sobre su solicitud o su ciudadanía sin un abogado.
  2. Reúna sus documentos: certificado de naturalización, copias de la solicitud, pasaportes y cualquier récord de corte.
  3. Vea Consecuencias Migratorias y llámenos antes de cualquier acuerdo.

Por Qué Escoger a Dennis Gonzalez Law, P.A.

  • Ex fiscal de Miami-Dade.
  • Defendiendo personas desde el 2012 en corte estatal y federal.
  • Reconocido por Super Lawyers y con calificación Avvo de 10.0.
  • Oficina bilingüe.
  • Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo perder la ciudadanía por esto?

Una condena bajo el § 1425 por conseguir a sabiendas la naturalización violando la ley obliga a la corte a revocar la naturalización y cancelar el certificado.

¿Ustedes llevan casos de desnaturalización o de la corte de inmigración?

No. Defendemos el cargo criminal y coordinamos con un abogado de inmigración cuando su caso lo necesita.

¿Qué tan rápido me pueden ayudar?

Contestamos las 24 horas. Llame al (305) 209-0384.

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